Cláusula antiabuso en la exención de beneficios matriz-filial: Transmitir la participación en una holding a otra holding para que la gestione no responde a una lógica que ampare la exención
Enviado por Editorial el Mié, 31/08/2016 - 11:00La consulta de la Dirección General de Tributos, de 22 de junio de 2016, contiene un nuevo ejemplo de interpretación del órgano consultivo en lo que tiene que ver con los motivos económicos que podrían entenderse como válidos para mantener la exención en la distribución de los dividendos de las sociedades filiales a sus matrices residentes en otros Estados de la UE o del EEE -regulada en el art. 14.1.h) RDLeg. 5/2004 (TR Ley IRNR)- cuando el titular último de las participaciones se ha establecido fuera de esos territorios.
Recordemos que el citado artículo establece que la exención se pierde cuando la titularidad de la participación se desplaza fuera del territorio europeo, salvo que la operativa a la que responda la estructura y localización del entramado social responda a motivos económicos válidos y razones empresariales sustantivas.