La inclusión en la lista de deudores de deudas en trámite de aplazamiento

Análisis de la SAN de 11 de julio de 2016 (rec. núm. 39/2016)

La resolución que aquí se comenta supone un primer hito respecto del enjuiciamiento de una medida prevista en la reciente reforma de la Ley General Tributaria que fue objeto de propaganda política y cuya implantación generó un intenso debate en la doctrina: la lista de deudores tributarios. En concreto, el comentario se refiere a una sentencia que trata un aspecto discutido, como es si resulta posible incluir en la citada lista a deudas sobre las cuales se encuentra en tramitación un aplazamiento, fraccionamiento o suspensión.

Esaú Alarcón García
Profesor de la Universidad Abat Oliva CEU

Sumario

1. Antecedentes
2. Supuesto de hecho
3. Comentario crítico a la resolución
4. Comentario crítico al listado de (presuntos) deudores

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 407 (febrero 2017)