Foral

Navarra modifica sus normas reglamentarias para adaptarlas a la nueva regulación del comercio electrónico en el ámbito del IVA y los cambios previstos en el IRPF e IS

Modificación, reglamentos, Navarra, IVA, IS, IRPF, facturación, inspección, declaración anual de operaciones con terceras personas. Bandera de Navarra

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 10 de marzo de 2022 se ha publicado el DECRETO FORAL 15/2022, de 23 de febrero, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo; el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Decreto Foral 23/2013, de 10 de abril; el Decreto Foral 69/2010, de 8 de noviembre, por el que se regula la declaración anual de operaciones con terceras personas; el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo; el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Decreto Foral 114/2017, de 20 de diciembre; y el Reglamento de la Inspección Tributaria de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 152/2001, de 11 de junio.

Mediante esta norma se incorpora al ordenamiento tributario navarro el desarrollo reglamentario de las modificaciones del IVA derivadas de la incorporación del Derecho de la Unión Europea al ordenamiento interno, referidas a la regulación del comercio electrónico en el ámbito del IVA y establece las reglas de tributación de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que, generalmente contratados por internet y otros medios electrónicos por consumidores finales comunitarios, son enviados o prestados por empresarios o profesionales desde otro Estado miembro o un país o territorio tercero.

Álava modifica la regulación de la obligación de información sobre bienes y derechos en el extranjero (Modelo 720) para acomodarla a la STJUE y de la deducción en el IS por inversiones relacionados con tecnologías limpias

Álava modifica su normativa reguladora del  Modelo 720  y el desarrollo reglamentario de la deducción en el IS por inversiones en tecnologías limpias. Imagen de globo del mundo con efecto línea virtual y dólar yuan yen euro y libra esterlina

Álava modifica su normativa para acomodar la obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720) a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ha declarado que la regulación de esta obligación de declarar bienes y derechos situados en el extranjero y el sistema de sanciones derivado de éste tiene elementos que son contrarios al Derecho de la UE, asimilan las sanciones derivadas del incumplimiento de esta obligación al régimen sancionador general tributario y modifica el Reglamento del Impuesto sobre sociedades alavés con efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2021, el desarrollo reglamentario de la deducción por inversiones realizadas en los equipos completos relacionados con Tecnologías Limpias y el orden de aplicación de los límites de las deducciones de la cuota líquida.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de 2 de marzo de 2022 se ha publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 2/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 22 de febrero. Aprobar modificación de la normativa reguladora de la obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero ante la sentencia de 27 de enero de 2022, C-788/2019 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que ha declarado que la regulación de esta obligación de declarar bienes y derechos situados en el extranjero y el sistema de sanciones derivado de éste tiene elementos que son contrarios al Derecho de la Unión Europea. Por otro lado, se ha publicado también el DECRETO FORAL 8/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 22 de febrero. Aprobar la modificación del Decreto Foral 41/2014, de 1 de agosto, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, que desarrolla el nuevo límite del 50 por ciento de la deducción de la cuota líquida del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a la deducción por inversiones realizadas en los equipos completos definidos en la Orden del Departamento correspondiente del Gobierno Vasco por la que se aprueba el Listado Vasco de Tecnologías Limpias.

Bizkaia aprueba la suspensión IVPEE y la reducción tipo IVA para determinados suministros de electricidad y otras medidas tributarias para combatir el COVID-19 y prorroga los límites para aplicar el régimen simplificado del IVA para 2022

Bizkaia, medidas tributarias, energético, electricidad, IVA, IVPEE, suspensión, interés de demora, límites régimen simplificado, COVID-19. mascarillas. Un enchufe negro y unas monedas apiladas sobre un billete de 10 euros

Bizkaia prorroga durante el primer trimestre de 2022 la suspensión temporal del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE) y se mantiene la aplicación del tipo reducido del 10 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) para determinados suministros de electricidad hasta el 30 de abril de 2022, así como el tipo aplicable a las mascarillas quirúrgicas debido a la persistencia de la pandemia del COVID-19 así como se mantienen los, límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en el IVA.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de  hoy, 11 de febrero de 2022, se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 1/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la Norma Foral 7/1994, de 9 de noviembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido en lo que respecta a las exenciones temporales relativas a las importaciones y a determinados suministros, en respuesta a la pandemia de COVID-19 y por el que se prorrogan determinadas medidas tributarias en el Impuesto sobre el Valor Añadido y en el Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, que tienen como objetivo combatir la pandemia de COVID-19 que en el territorio común se aprobó por el Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables.

Álava aprueba la suspensión IVPEE y la reducción tipo IVA para determinados suministros de electricidad y otras medidas tributarias en el ámbito del IVA y fija el interés de demora en el 3,75 por cien para 2022

Álava aprueba medidas urgentes en el ámbito energético y otras medidas tributarias. Imagen de regleta eléctrica con dinero en los huecos del enchufe

Álava prorroga durante el primer trimestre de 2022 la suspensión temporal del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE) y se mantiene la aplicación del tipo reducido del 10 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) para determinados suministros de electricidad hasta el 30 de abril de 2022, así como otras medidas tributarias dirigidas a combatir la pandemia del COVID-19, límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en el IVA y relativas a los regímenes especiales de ventanilla única regulados para las ventas a distancia de bienes y ciertas entregas nacionales de bienes y se fija el interés de demora en un 3,75 por cien para 2022.
En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de hoy, 9 de febrero de 2022, se ha publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 1/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 1 de febrero por el que se aprueban medidas urgentes en el ámbito energético y otras medidas tributarias, que tienen como objetivo combatir la pandemia de COVID-19 que en el territorio común se aprobó por el Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables.
Como consecuencia de la prolongación de la pandemia, también se dispone la prórroga hasta el 30 de junio de 2022 de la aplicación del tipo impositivo del 4 por ciento del IVA a las entregas, importaciones y adquisidores intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables y de la aplicación del tipo impositivo del 0 por ciento a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la COVID-19, cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios, que, hasta el 31 de diciembre de 2021.

Navarra prorroga la reducción del IVA de la electricidad para algunos consumidores y suspende el IVPEE durante el primer trimestre de 2022

Navarra prorroga la reducción del IVA de la electricidad para algunos consumidores y suspende el IVPEE durante el primer trimestre de 2022. Imagen de una bombilla sobre billetes

Se prorroga en el territorio Navarro durante el primer trimestre de 2022 la suspensión temporal del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE)  y se mantiene la aplicación del tipo reducido del 10 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), para determinados suministros de electricidad hasta el 30 de abril de 2022.
En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 8 de febrero de 2022 se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 1/2022, de 2 de febrero, de Armonización Tributaria, por el que se modifica el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, que prorroga en el territorio Navarro la vigencia de determinadas medidas tributarias en el sector eléctrico, así como de medidas de carácter fiscal que tienen como objetivo combatir la pandemia de COVID-19, que en el territorio común se aprobó por el Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables.
Como consecuencia de la prolongación de la pandemia, también se dispone la prórroga hasta el 30 de junio de 2022 de la aplicación del tipo impositivo del 4 por ciento del IVA a las entregas, importaciones y adquisidores intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables y de la aplicación del tipo impositivo del 0 por ciento a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la COVID-19, cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios, que, hasta el 31 de diciembre de 2021.

Modificaciones reglamentarias en Alava en materia de obligaciones censales, facturación, coeficientes de actualización a aplicar en las transmisiones patrimoniales en el IRPF e IS y las reglas del régimen simplificado de IVA para 2022

Alava aprueba las modificaciones reglamentarias para 2022 (obligaciones censales y facturación, coeficientes IRPF e IS y régimen simplificado IVA). Gráfico de trabajo en equipo efectivo para el sprint del proyecto

Álava modifica sus reglamentos en materia de obligaciones censales y de facturación, aprueba los coeficientes de actualización a aplicar en las transmisiones patrimoniales en el IRPF e IS que se efectúen en 2022 y las reglas del régimen simplificado de IVA para 2022, así como se publica la ampliación del plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones y declaraciones cuya fecha finaliza el 25 de enero de 2022, al igual que han hecho el resto de los territorios forales del País Vasco.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava del 19 de enero de 2022 se publicaron el DECRETO FORAL 2/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 11 de enero que aprueba la modificación del Decreto Foral 3/2011, de 25 de enero, que regula el Censo de los Contribuyentes y obligaciones censales y la del Decreto Foral 18/2013, de 28 de mayo, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación; el DECRETO FORAL 3/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 11 de enero por el que se aprueban los coeficientes de actualización aplicables en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades a las transmisiones que se efectúen en el ejercicio 2022 y el DECRETO FORAL 4/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 11 de enero que aprueba la regulación para el año 2022 del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Junto a estos tres decretos forales encontramos la ORDEN FORAL 13/2022, de la Primera Teniente de Diputado General y Diputada Foral de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 17 de enero, en la que se establece la ampliación del plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones y declaraciones cuya fecha finaliza el 25 de enero de 2022 hasta el 31 de enero de 2022, en los mismos términos que han aprobado el resto de los de los territorios forales del País Vasco.

Navarra aprueba sus presupuestos generales para 2022, modifica diversos impuestos (IRPF, IS, ISD, ITP y AJD, IAE, IBI, IVTM, IVTNU) el régimen fiscal de fundaciones y su ley foral general tributaria

Presupuestos, Navarra 2022, medidas tributarias, IRPF, IS, ISD, ITP y AJD, fundaciones, tasas, ley general tributaria, IAE, IBI, IVTM, IVTNU, plusvalía, Tribunal Constitucional, COVID-19. Imagen del escudo de Navarra

Navarra aprueba sus presupuestos generales para 2022 y modifica diversos impuestos incluidas las relativas a la plusvalía para adaptar la regulación del IIVTNU navarro a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional

En el Boletín Oficial de Navarra de 31 de diciembre de 2021 junto con la LEY FORAL 18/2021, de 29 de diciembre, de la Comunidad Foral de Navarra, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2022 se ha publicado la LEY FORAL 20/2021, de 29 de diciembre, de la Comunidad Foral de Navarra, por la que se modifica la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, y la LEY FORAL 19/2021, de 29 de diciembre, de la Comunidad Foral de Navarra, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, que se analizará a continuación.

Mediante la LEY FORAL 20/2021, se modifica la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra para adaptar la regulación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) o plusvalía la STC 182/2021, de 26 de octubre ha venido a declarar la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del mencionado TRLRHL, relativos al método de cuantificación de la base imponible pues “el mantenimiento del actual sistema objetivo y obligatorio de determinación de la base imponible, por ser ajeno a la realidad del mercado inmobiliario y de la crisis económica, y, por tanto, al margen de la capacidad económica gravada por el impuesto y demostrada por el contribuyente, vulnera el principio de capacidad económica como criterio de imposición (art. 31.1 CE)”. A pesar de que la sentencia no se refiere a la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra, se considera conveniente introducir una regla de salvaguarda con la finalidad de evitar que la tributación por el IIVTNU pudiera en algún caso resultar contraria al principio de capacidad económica, permitiendo, a instancia del sujeto pasivo, acomodar la carga tributaria al incremento de valor efectivamente obtenido y el sistema objetivo de determinación de la base imponible del impuesto se convierte en un sistema optativo, que solo resultará de aplicación en aquellos casos en los que el sujeto pasivo no haga uso del derecho expuesto anteriormente.

Bizkaia publica su norma de presupuestos generales para 2022, fija el interés de demora y actualiza tasas y valores catastrales y las cuantías de algunas deducciones y reducciones y modifica las retenciones de rendimientos del trabajo en el IRPF

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Bizkaia aprueba sus presupuestos generales para 2022 y actualiza para este año los valores catastrales, las cuantías de sus tasas y preciso públicos y las cantidades deducibles en el IRPF así como se modifica la tarifa y los porcentajes de retención a los rendimientos del trabajo en el IRPF para 2022.

En el Boletín Oficial de Bizkaia del día 31 de diciembre de 2021 se publicó la NORMA FORAL 8/2021, de 30 de diciembre, del Territorio Histórico de Bizkaia, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2022.

Junto a esta norma se ha publicado también el DECRETO FORAL 176/2021, de 28 de diciembre, del Territorio Histórico de Bizkaia, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifican los porcentajes de retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aplicables a los rendimientos del trabajo en 2022.

Además de las previsiones de gastos e ingresos del territorio para dicho año, aún muy marcados por los efectos de la pandemia del COVID-19, la NORMA FORAL 8/2021 recoge que en el ámbito del IRPF, se prorrogan las medidas adoptadas relacionadas con la COVID-19, y será de aplicación a la obligación de declarar del período impositivo 2022.

En el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con efectos desde 1 de enero de 2022 se actualizan las cuantías de la reducción por tributación conjunta y de la minoración de la cuota, la escala de la base liquidable general, para mitigar los efectos adversos ocasionados por dicha situación sanitaria de la COVID-19, así como las cuantías de las deducciones por descendientes, ascendientes, discapacidad o dependencia, y por edad.

Gipuzkoa reintroduce la obligación de información para aquellos que intermedien en el arrendamiento o cesión de viviendas para uso turístico

Gipuzkoa, obligación de información, intermediación, arrendamiento, viviendas, uso turístico

Gipuzkoa modifica su Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales para incluir de nuevo el precepto anulado por el TSJ del País Vasco por no haberse notificado como «reglamento técnico» a la Comisión Europea

En el Boletín Oficial de Bizkaia del 31 de diciembre de 2021 se publicó el DECRETO FORAL 16/2021, de 21 de diciembre, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, de modificación del Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales, aprobado por el Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre.

Gipuzkoa modifica los reglamentos que desarrolla la obligación TicketBAI, el de obligaciones tributarias formales, del IRPF e IS, y aprueba los coeficientes de actualización aplicables en 2022 a las ganancias patrimoniales

 Infografía, cambio de año 2022

Gipuzkoa modifica su  Reglamento que desarrolla la obligación TicketBAI, el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales y los Reglamentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, y aprueba los coeficientes de actualización aplicables en 2022 para la determinación, en el IRPF e IS de las rentas obtenidas en la transmisión de elementos patrimoniales.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 30 de diciembre de 2021 se ha publicado el  DECRETO FORAL 15/2021, de 28 de diciembre, por el que se modifican el decreto foral que aprueba el Reglamento que desarrolla la obligación TicketBAI, el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales y los Reglamentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, y se aprueban los coeficientes de actualización aplicables en 2022 para la determinación, en ambos impuestos, de las rentas obtenidas en la transmisión de elementos patrimoniales.

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