Foral

Bizkaia transpone las asimetrías híbridas invertidas modificando las normas forales del IS e IRPF, de forma que si se diera una asimetría de este tipo, las entidades en régimen de atribución de rentas se convierten en contribuyentes del IS

Bizkaia, transposición, asimetrías híbridas invertidas, BEPS, OCDE. Un montón de monedas apiladas y de fondo la bandera de la UE

Aunque la Directiva (UE) 2017/952, del Consejo, de 29 de mayo, ya fue traspuesta al ordenamiento tributario, no se incluyó ninguna regla específica en relación con el mandato recogido en el art. 9 bis por considerarlo incluido en nuestro ordenamiento tributario. Ahora se considera necesario introducir las modificaciones oportunas para dar cumplimiento a lo establecido en este precepto mediante la modificación de la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades, así como de la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, culminando la transposición de la Directiva (UE) 2017/952.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy,  2 de diciembre de 2022 se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 7/2022, de 29 de noviembre, de transposición del artículo 9 bis, introducido por la Directiva (UE) 2017/952 del Consejo de 29 de mayo de 2017 por la que se modifica la Directiva (UE) 2016/1164 en lo que se refiere a las asimetrías híbridas con terceros países.

Mediante este Decreto Foral Normativo se incorpora el mandato del art. 9 bis de la Directiva (UE) 2016/1164, de forma que las entidades en régimen de atribución de rentas no den lugar a la asimetría híbrida, convirtiéndose en contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades cuando se den las condiciones establecidas al efecto, en cuyo caso estarán obligadas al cumplimiento de las obligaciones contables y registrales que corresponda al método de determinación de sus rentas, incluidas las que tributan según dicho Impuesto. Adicionalmente, se modifica el art.25 bis de la Norma Foral de Impuesto sobre Sociedades, para adaptar su contenido a la reciente interpretación por parte de la Comisión Europea de la regla relativa a la limitación de intereses deducibles contenida en la mencionada Directiva (UE) 2016/1164, que, a la luz del Dictamen motivado enviado recientemente a Luxemburgo, atribuye carácter exhaustivo a la definición de «sociedades financieras» contenida en la Directiva (UE) 2016/1164, a las que puede excluirse de aplicar la referida limitación.

Gipuzkoa modifica los Reglamentos del IRPF, IS y de revisión tributaria en vía administrativa

Gipuzkoa, modifica, Reglamentos, IRPF, IS, revisión tributaria. Dos colegas de trabajo, de espaldas, chocan puños sonriendo frente a sus ordenadores

Gipuzkoa modifica los Reglamentos del IRPF, IS y de revisión tributaria en vía administrativa para adecuarlos y actualizarlos a la vigente regulación normativa. En el ámbito del IRPF se modifica el desarrollo reglamentario del régimen de personas desplazadas, de las exenciones relacionadas con el aprovechamiento energético y se modifica las retenciones y pagos fraccionados de rendimientos de trabajo y de actividades económicas respectivamente. En el IS se desarrolla la determinación de los colectivos de especial dificultad de inserción en el mercado de trabajo a efectos de la deducción incrementada por creación de empleo. Y finalmente se aclara que la reclamación económico-administrativa contra los actos de los municipios sobre la aplicación y efectividad de sus tributos podrá terminar con la inadmisión de la si no se interpuso el correspondiente recurso de reposición o por incompetencia.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 28 de noviembre de 2022, se publicó el DECRETO FORAL 18/2022, de 22 de noviembre, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, por el que se modifican los reglamentos de los impuestos sobre la renta de las personas físicas y sobre sociedades, y el reglamento de revisión tributaria, para desarrollar las modificaciones introducidas por la Norma Foral 1/2022, de 10 de marzo, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias para el año 2022 en las normativas del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre sociedades, y adecuar el contenido de los reglamentos de ambos impuestos a dichas modificaciones, así como en el Reglamento de desarrollo de la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa en materia de revisión en vía administrativa, para adecuarlos y actualizarlos a la vigente regulación normativa.

Bizkaia rebaja el IVA del gas, además de prorrogar el tipo reducido aplicable a la electricidad, y modifica el Impuesto sobre las Transacciones Financieras

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Para hacer frente a la inflación generalizada de precios derivada de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, para de reducir y moderar el precio de los productos energéticos,  cuyo acceso debe garantizarse al tratarse de  bienes se establecen distintas medidas que reduzcan su precio final, como la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2022, del tipo reducido del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas de electricidad efectuadas a favor de los consumidores domésticos, con especial incidencia de los consumidores vulnerables y los beneficiarios del bono social y ahora también se reduce del 21 al 5 por ciento, en el tipo impositivo del IVA que recae sobre todos los componentes de la factura de las entregas de gas natural, con el objeto de minorar su importe. Por otro lado se establece la exención en el Impuesto sobre las transacciones financieras a las adquisiciones realizadas por Fondos de pensiones de Empleo y por Mutualidades de Previsión Social o Entidades de Previsión Social Voluntaria sin ánimo de lucro.

Álava modifica su Reglamento de Inspección de los Tributos para incluir, entre otras, nuevos supuestos de incoación de acta previa y modificaciones procedimentales en materia de delito contra hacienda pública

Álava modifica su Reglamento de Inspección de los Tributos. Ilustración de hombre con maletín mirando con lupa un documento

Álava modifica su Reglamento de Inspección de los Tributos para incluir nuevos supuestos de incoación de acta previa, la posibilidad de suscribir actas y diligencias mediante firma electrónica, distintas modificaciones procedimentales en materia de delito contra hacienda pública y la necesaria disociación de los datos tributarios de terceros en los supuestos de utilización de datos tributarios que procedan de la propia Administración Tributaria.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de hoy, 4 de octubre de 2022 se ha publicado el DECRETO FORAL 38/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 27 de septiembre, que modifica el Decreto Foral 41/2006, de Consejo de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Inspección de los Tributos del Territorio Histórico de Álava.

Navarra armoniza la normativa foral del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero

Armonización del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero en Navarra. Imagen de tres recipientes de colores con refrigerante

Navarra armoniza su normativa foral para introducir en el ordenamiento tributario foral las modificaciones efectuadas en la norma reguladora en el territorio común del Impuesto  sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero  en aras a facilitar la gestión y el cumplimiento de las obligaciones formales que conlleva.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 13 de septiembre de 2022 se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 5/2022, 31 de agosto, de armonización tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 11/2015, de 18 de marzo, por la que se regulan el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero y el Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito.

Dado que en el ámbito del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, aplicará las mismas normas sustantivas y formales que los vigentes en cada momento en territorio del Estado, si bien podrá aprobar sus propios modelos de declaración e ingreso, mediante esta norma se introducen en el ordenamiento tributario foral las modificaciones efectuadas por la Ley 14/2022, de 8 de julio, de modificación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, con el fin de regular las estadísticas de las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) en la contratación pública (Ley 14/2022), que modificó la regulación del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero (IGFEI) con efectos desde el 1 de septiembre de 2022.

Gipuzkoa deflacta la tarifa del IRPF un 4 por ciento y aprueba una minoración extraordinaria de la cuota para el ejercicio 2022 y otras medidas para combatir la inflación, al igual que el resto de los territorios forales vascos

Gipuzkoa deflacta la tarifa del IRPF para combatir la inflación, así como otras medidas tributarias en el ámbito del IRPF e IS. Ilustración de inflación de alimentos

Gipuzkoa, al igual que los otros dos territorios forales vascos deflacta un 4 por 100, la tarifa aplicable a la base liquidable general del IRPF correspondiente al ejercicio 2022 incrementando a su vez en idéntico porcentaje la reducción por tributación conjunta, la minoración de cuota y las deducciones personales e introduce una minoración extraordinaria en cuota por un importe de hasta 200 euros por declaración para contribuyentes cuya base imponible general no exceda de 35.000 euros.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 31de agosto de 2022 se ha publicado el DECRETO FORAL-NORMA 2/2022, de 30 de agosto, por el que se aprueban nuevas medidas tributarias urgentes para paliar los efectos derivados del alza de precios (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre Sociedades).

La escalada de los precios de los carburantes y del mercado mayorista de electricidad, agravada por la guerra de Ucrania, está provocando una espiral inflacionista sin precedentes, que genera un problema de competitividad para las empresas de Gipuzkoa. Este impacto negativo en la economía que la actual situación inflacionista está produciendo requiere que se adopten medidas tributarias al respecto. Frente a esta necesidad el territorio de Gipuzkoa, al igual que ya ha hecho el territorio alavés y también el de Bizkaia ha aprobado una serie de medidas que afectan principalmente al IRPF, aunque también encontramos que en el ImISse exonera del pago fraccionado correspondiente al ejercicio 2022 a determinados contribuyentes que cumplan determinados requisitos, destacando la deflactación de un 4 por 100 de la tarifa aplicable a la base liquidable general del IRPF correspondiente al ejercicio 2022.

Bizkaia deflacta la tarifa del IRPF un 4 por ciento y aprueba una minoración extraordinaria de la cuota para el ejercicio 2022 y otras medidas para combatir la inflación, al igual que el territorio foral alavés

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Bizkaia, al igual que ha hecho el territorio alavés  deflacta un 4 por 100, la tarifa aplicable a la base liquidable general del IRPF correspondiente al ejercicio 2022 incrementando a su vez en idéntico porcentaje la reducción por tributación conjunta, la minoración de cuota y las deducciones personales e introduce una minoración extraordinaria en cuota por un importe de hasta 200 euros por declaración para contribuyentes cuya base imponible general no exceda de 35.000 euros.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 25 de agosto de 2022 se ha publicado el  DECRETO FORAL NORMATIVO 5/2022, de 24 de agosto, por el que se adoptan medidas tributarias urgentes ante la evolución de la inflación, (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre Sociedades).

La escalada de los precios de los carburantes y del mercado mayorista de electricidad, agravada por la guerra de Ucrania, está provocando una espiral inflacionista sin precedentes, que genera un problema de competitividad para las empresas de Bizkaia. Este impacto negativo en la economía que la actual situación inflacionista está produciendo requiere que se adopten medidas tributarias al respecto. Frente a esta necesidad el territorio de Bizkaia, al igual que ya ha hecho el territorio alavés, ha aprobado una serie de medidas que afectan principalmente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aunque también encontramos que en el Impuesto sobre Sociedades se exonera del pago fraccionado correspondiente al ejercicio 2022 a determinados contribuyentes que cumplan determinados requisitos, destacando la deflactación de un 4 por 100 de la tarifa aplicable a la base liquidable general del IRPF correspondiente al ejercicio 2022.

Álava deflacta la tarifa del IRPF un 4 % y aprueba otras medidas tributarias para combatir la inflación, una nueva minoración extraordinaria de la cuota para el ejercicio 2022 y prorroga las medidas adoptadas en materia de energética

Álava deflacta la tarifa del IRPF para combatir la inflación y prorroga los beneficios fiscales en materia de electricidad. Gráfico sobre inflación de alimentos

Álava es el primer territorio del País Vasco, al que secundarán los dos restantes en el que se aprueba la deflactación un 4 por ciento de los tipos de gravamen del IRPF como medida para combatir los efectos negativos del periodo inflacionista que vivimos en todo el país, así como otras medidas tributarias dirigidas a este mismo fin. Por otro lado, se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2022 la rebaja del tipo impositivo del IVA de la luz, la reducción del Impuesto Especial sobre la Electricidad y la suspensión del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica y la reducción del IVA de las mascarillas quirúrgicas desechables y modifica el Impuesto sobre Transacciones Financieras.

El día 8 de agosto en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava se publicaron el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 11/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 2 de agosto por el que se aprueban medidas tributarias para hacer frente a la actual situación inflacionista (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre Sociedades) y el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 10/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 2 de agosto que adapta a la normativa tributaria de Álava diversas modificaciones introducidas por el Estado en varios Impuestos (IVA, Impuesto especial sobre la Electricidad, Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica e Impuesto sobre las Transacciones Financieras).

Bizkaia prorroga las medidas adoptadas en materia de fiscalidad energética y del tipo impositivo del IVA de productos para combatir la COVID-19 hasta el 31 de diciembre de 2022

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Bizkaia prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la rebaja del tipo impositivo del IVA de la luz del 10% al 5% y se mantiene la reducción del Impuesto Especial sobre la Electricidad del 5,11269632% al 0,5% hasta el 31 de diciembre 2022 y la suspensión del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica durante el tercer y cuarto trimestres naturales del año 2022. También se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la reducción del IVA al 4 por ciento de las mascarillas quirúrgicas desechables.

El día 4 de agosto en el Boletín Oficial de Bizkaia se publicó el DECRETO FORAL NORMATIVO 4/2022, de 26 de julio, por el que se adaptan determinadas medidas en el Impuesto sobre el Valor Añadido y en el Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania.

Bizkaia aprueba nuevas medidas fiscales en el ámbito del IS, IRPF, IP, ISD, ITP y AJD, IBI e IAE para impulsar la reactivación económica y la incentivación de la aplicación voluntaria del sistema BATUZ

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La presente Norma Foral contiene modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre Bienes inmuebles, el Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Además, introduce ciertos ajustes en el régimen fiscal de cooperativas, en el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, en la Norma Foral de Adaptación del sistema Tributario del Territorio Histórico de Bizkaia a las peculiaridades del Derecho Civil Foral del País Vasco, en la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia y en la Norma Foral de Haciendas Locales.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy 28 de julio de 2022 se ha publicado la NORMA FORAL 8/2022, de 20 de julio, por la que se introducen determinadas modificaciones tributarias en el IS, IRPF, IP, ISD, ITP y AJD, IBI, IAE. Además introduce ciertos ajustes en el régimen fiscal de cooperativas, en el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, en la Norma Foral de Adaptación del sistema Tributario del Territorio Histórico de Bizkaia a las peculiaridades del Derecho Civil Foral del País Vasco, en la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia y en la Norma Foral de Haciendas Locales. Esta norma continua con las modificaciones introducidas mediante la NORMA FORAL 6/2021, para el impulso de la reactivación económica, para la incentivación de la aplicación voluntaria del sistema BATUZ y otras modificaciones tributarias, con la pretensión fundamental de coadyuvar desde la fiscalidad al proceso de recuperación del tejido económico de Bizkaia, reforzando ciertas medidas fiscales ya existentes y aprobando algunas de carácter complementario que se consideraron idóneas para acelerar dicho proceso.

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