Nuevas medidas fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma de La Rioja 

En el Boletín Oficial de la Comunidad autónoma de La Rioja del 29 diciembre de 2014, se ha publicado la, Ley 6/2014, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2015 y Ley 7/2014, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2015.

Entre las medidas fiscales que se incluyen en este texto legal, en este texto legal, destacan:

  • Las medidas de carácter tributario relativas a los tributos cedidos conservan sustancialmente las ya introducidas en años anteriores por el Parlamento de La Rioja en una versión consolidada,de modo que toda la normativa a aplicar en el ejercicio 2015 se encuentre compilada en un único texto, facilitando su aplicación por los interesados y garantizando la seguridad jurídica.
  • Se añaden algunas novedades como la bonificación del 50% de la cuota en el impuesto sobre el patrimonio,
  • Algunas mejoras técnicas en el impuesto sobre sucesiones y donaciones,
  • Dos aclaraciones en la redacción de los preceptos relativos al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
  • Modificación de la Ley 5/2000, de 25 de octubre, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de La Rioja. El coeficiente 0,49 fijado 40 será sustituido desde el día1deenero de 2015 por el coeficiente 0,50.
  • El impuesto sobre el juego incorpora algunos cambios, como el cambio del devengo del impuesto a trimestral ,tipos proporcionales a la recaudación, flexibilización de las condiciones en cuotas reducidas, reducción del tipo en el juego del Bingo y vinculación del tipo reducido para casino sala creación de empleo.
  • Por lo que respecta a impuestos propios, se actualiza el coeficiente para la fijación de la cuantía del canon de saneamiento para el año 2015, que se establece en la cuantía de 0,50 euros.
  • Revisa diferentes tasas para adaptaras a diversos cambios normativos, como sucede en el caso de la tasa de servicios agronómicos, donde se introduce una exención, en la tasa por servicios en materia audiovisual, donde se produce una adaptación en la terminología de una parte de la misma, o en la tasa de tramitación de certificados de eficiencia energética, en la que se ha recalculado la cuantía de la tarifa en función de los datos reales de este primer ejercicio de funcionamiento. También se crean dos nuevas tasas, por la inscripción a pruebas de bachillerato para mayores de 20 años, y por la inscripción a las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y superior.
  • Incluye modificaciones en la Ley 5/1999,de 13 de abril, reguladora del Juego y Apuestas de La Rioja,