Modificación de los beneficios fiscales en el ITP y AJD de las Sociedades de Garantía Recíproca en Navarra

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy,  25 de abril de 2016, se ha publicado la LEY FORAL 4/2016, de 13 de abril, por la que se modifica la Ley Foral 25/1994, de 29 de diciembre, de modificación parcial de diversos impuestos y otras medidas tributarias, en lo referente a los beneficios fiscales de las Sociedades de Garantía Recíproca.

Mediante esta norma se trata de favorecer la financiación y el acceso al crédito de estas empresas, la presente ley foral se ocupa de introducir modificaciones significativas en los beneficios fiscales del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados que afectan tanto a las Sociedades de Garantía Recíproca como a sus socios.

Los cambios obedecen a las siguientes razones:

  • Adaptar la norma legal a los criterios de armonización del Convenio Económico, eliminando la exigencia de que, para la aplicación de los beneficios fiscales, sea preciso que las Sociedades de Garantía Recíproca estén sujetas a la normativa del Impuesto sobre Sociedades de la Comunidad Foral.
  • La exención afecta a los documentos en los que las garantías o avales hayan de constituirse o cancelarse.
  • La exención abarca a toda la relación jurídica que une la Sociedad de Garantía Recíproca con la empresa asociada a cuyo favor se otorgue la garantía. Y ello conlleva que la exención alcanzará también las garantías que los propios socios de las pequeñas empresas (o determinadas personas relacionadas con ellas) puedan constituir, en su caso, para reavalar las garantías prestadas por la Sociedad de Garantía Recíproca a sus empresas.
  • Se equiparan parcialmente los beneficios fiscales de las Sociedades de Reafianzamiento con los de las Sociedades de Garantía Recíproca con el fundamento de que aquellas se constituyen justamente con el fin de ofrecer a su vez cobertura y garantía suficientes a los riesgos contraídos por estas últimas, facilitando y disminuyendo así el coste de los avales para los socios de las Sociedades de Garantía Recíproca.