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Firmado el Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal entre España y Bielorrusia

Firmado el Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal entre España y Bielorrusia

El Convenio, rubricado en Madrid el 14 de junio de 2017, sustituirá, cuando entre en vigor -en el plazo de tres meses a partir de la fecha en que ambos Estados se notifiquen el cumplimiento de los procedimientos legales internos para que se produzca dicha entrada en vigor-, al firmado entre el Gobierno de España y el Gobierno de la URSS el 1 de marzo de 1985, que dejará de aplicarse respecto de las relaciones entre el Reino de España y la República de Bielorrusia.

¿Qué son los tribunales económico-administrativos y por qué están al borde del colapso?

Colapso de los Tribunales

Los tribunales económico-administrativos son los encargados de resolver las reclamaciones económico-administrativas en España, que se presentan principalmente contra:

  • Los órganos territoriales de la Administración del Estado.
  • Las Administraciones autonómicas, en caso de que así se prevea en el Estatuto de Autonomía.
  • La Administración tributaria, siendo los encargados de resolver los recursos para impugnar los actos de la Administración tributaria, y poder acceder posteriormente, a la vía judicial, a través de un procedimiento contencioso-administrativo.

Firmado el Convenio Multilateral para implementar las medidas del proyecto BEPS

Firmado convenio multilatral

El 7 de junio de 2017 tuvo lugar la ceremonia de la firma del Convenio Multilateral, con ocasión de la reunión a nivel ministerial del Consejo de la OCDE, y pone punto y final a un proceso de negociaciones que se iniciaron en septiembre de 2015, con la creación de un grupo de trabajo en el que han participado 98 países y en el que España ha estado representada por la Dirección General de Tributos.

El proyecto BEPS, de lucha contra la erosión de bases imponibles y el traslado de beneficios -BEPS, por sus siglas en inglés- comprende un paquete de medidas para abordar el fenómeno de planificación fiscal agresiva internacional.

Acuerdo por el que se autoriza la firma del Convenio con Cabo Verde para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal

Acuerdo por el que se autoriza la firma del Convenio con  Cabo Verde para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio entre el Reino de España y la República de Cabo Verde para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, así como de su protocolo.

Dicho Convenio persigue otorgar un tratamiento tributario adecuado a las circunstancias de los contribuyentes que desarrollen actividades en el ámbito internacional, proporcionando un marco de seguridad jurídica y fiscal que favorezca los intercambios económicos entre los dos países y facilite la cooperación entre las respectivas autoridades fiscales en el desempeño de sus funciones. Para lograrlo, garantizará la eliminación de las posibles situaciones de doble imposición que se puedan generar y, en determinados supuestos, reducirá la carga fiscal soportada.

La Agencia Tributaria agiliza la devolución del céntimo sanitario

Céntimo sanitario

Las solicitudes de indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado legislador, en relación con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, que en su día fueron presentadas ante el Ministerio de Hacienda y Función Pública, están siendo tramitadas por la Agencia Tributaria.

Con el fin de agilizar dicha tramitación, se ha puesto a disposición de los solicitantes la posibilidad de grabar los datos de los suministros que fueron objeto de la solicitud de devolución con el fin de disponer de forma estructurada la relación de suministros que han ocasionado un perjuicio económico en los interesados.

Los datos de los suministros referidos a la solicitud de indemnización por responsabilidad patrimonial podrán ser grabados en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, a través del siguiente procedimiento:

Fuente: AEAT (02/06/2017)

7 pasos para realizar correctamente las amortizaciones y no tener problemas en el impuesto sobre sociedades

Amortizaciones e Impuesto sobre Sociedades

Dentro del activo de las empresas, nos encontramos el inmovilizado, que está constituido por elementos patrimoniales tangibles e intangibles no destinados a la venta, que se utilizan en la actividad permanente y productiva de la empresa. Estos activos tienen una determinada vida útil, que trasciende la duración de un ejercicio económico, y que está condicionada por el desgaste y la evolución tecnológica.

El inmovilizado, al utilizarse durante más de un ejercicio y ser en muchos casos de importe elevado, si se imputara como gasto íntegramente en un ejercicio, distorsionaría el resultado contable y fiscal en el impuesto sobre sociedades, motivo por el cual es necesario realizar las amortizaciones, cuya finalidad es imputar el desgaste o depreciación del activo en la medida en la que haya contribuido a generar ingresos para la empresa.

Cl@ve PIN: necesidad de cita previa para su tramitación en oficinas

Cita previa para Renta 2016

Para una mejor prestación del servicio de alta en Cl@ve PIN, la Agencia Tributaria ha establecido la necesidad de que los usuarios soliciten cita previa para su tramitación en oficinas. La implantación de esta medida está siendo gradual y será de aplicación efectiva a partir del 1 de junio.

Modificado el Reglamento del IVA para facilitar la adaptación de los contribuyentes al suministro inmediato de información

Modificado el Reglamento del IVA para facilitar la adaptación de los contribuyentes al Suministro Inmediato de Información

Se habilita un plazo extraordinario, hasta el 15 de junio y con efectos a partir del 1 de julio de 2017, para favorecer la adecuación al nuevo sistema

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del IVA con el objetivo de facilitar la adaptación de los sujetos pasivos al nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII), introducido mediante un Real Decreto del 2 de diciembre de 2016, y que será de aplicación desde el 1 de julio de 2017.

En primer lugar, se establece un plazo extraordinario para solicitar la baja en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME) y para presentar la renuncia al régimen especial del grupo de entidades del IVA, hasta el 15 de junio de 2017, y que tendrán efectos desde el 1 de julio de 2017.

Modificado el Reglamento de la Junta Arbitral del Convenio Económico entre el Estado y Navarra

Modificado el Reglamento de la Junta Arbitral del Convenio Económico entre el Estado y Navarra

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica el Reglamento de la Junta Arbitral prevista en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por otro Real Decreto de 24 de marzo de 2006.

La Junta Arbitral es el órgano encargado de resolver las discrepancias y conflictos entre la Administración General del Estado y la Comunidad Foral de Navarra, o entre esta última y otra Comunidad Autónoma, sobre la aplicación de los puntos de conexión de los tributos convenidos, la interpretación y aplicación del Convenio a casos concretos o respecto a la domiciliación de contribuyentes.

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