Principales novedades introducidas por el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del IVA y otras normas tributarias

Principales novedades introducidas por el RD 596/2016 de 2 de diciembre para la modernización e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del IVA y otras normas tributarias

La Agencia Tributaria ha publicado un documento en el que se analizan las principales novedades introducidas por el RD 596/2016 de 2 de diciembre. Destaca especialmente el apartado sobre el «suministro de información inmediata» en el que se hace mención al nuevo sistema de llevanza de los libros registro a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria para acercar el momento de registro o contabilización de las facturas al de la realización efectiva de la operación.

Este sistema se aplicará obligatoriamente para grandes empresas y sujetos inscritos en el REDEME a partir de 1 de julio de 2017, y voluntariamente para aquellos que lo soliciten mediante la oportuna declaración censal, en cuyo caso su periodo de declaración será mensual.

También se comenta brevemente el Régimen de devolución del IVA a viajeros (DIVA) que se basa en la sustitución de la factura para acreditar la salida de la mercancía del territorio de la Comunidad por un documento electrónico de reembolso (formulario DIVA) que habrá de ser sellado digitalmente.

Por último, también se hace mención a la modificación de los límites en el Régimen simplificado del IVA y en el Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca,  así como a la facturación de la energía eléctrica.

Fuente: AEAT (09/12/2016)