El proveedor debe exigir a sus clientes la acreditación formal de estar en el recargo de equivalencia (TSJ Asturias 05-04-2006)

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de 5 de abril de 2006, sobre la aplicación del régimen especial del recargo de equivalencia del IVA, señala que el vendedor tiene obligación de exigir a sus clientes la acreditación formal del hecho de estar sometidos al citado régimen especial, teniendo estos la obligación de acreditarlo. La declaración verbal del cliente no es suficiente para no liquidar tal recargo (sentencia publicada en Normacef Fiscal, NFJ023094 y en la Revista de Contabilidad y Tributación del CEF, núm. 283, Octubre 2006).