La no sujeción al IVA de las concesiones administrativas no se extiende a otro tipo de contratos sobre bienes demaniales
Enviado por Editorial el Mié, 20/12/2023 - 09:49La nulidad del contrato por no seguir el cauce legalmente establecido para la utilización de los bienes de dominio público puede dar lugar a la devolución del IVA satisfecho.
En el caso que comento, sucede que el Ayuntamiento suscribió un par contratos con dos compañías telefónicas, en virtud de los cuales, cedió en arrendamiento a Telefónica Móviles una superficie de 120 metros cuadrados en una finca propiedad en pleno dominio del Ayuntamiento para construir sobre la misma una estación base de telefonía móvil. En el contrato con Orange (antes Retevisión Móvil, S.A.) se cedió en arrendamiento a esa entidad un espacio de 100 metros cuadrados en una finca propiedad en pleno dominio del Ayuntamiento para instalar, explotar, mantener, conservar y reparar una estación base de telefonía móvil.