Uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la Hacienda Tributaria de Navarra

En el Boletín Oficial de Navarra del día de hoy, se ha publicado el DECRETO FORAL  41/2015, de 1 de julio, por el que se modifica el Decreto Foral 50/2006, de 17 de julio, por el que se regula el uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos (EIT) en el ámbito de la Hacienda Tributaria de Navarra.

Los cambios que se propugnan son de dos tipos: de un lado, se pretende que los sistemas de identificación electrónica y de firma electrónica admisibles tanto en el ámbito general de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra como en el de la Hacienda Tributaria de Navarra queden regulados y estructurados de manera adecuada; de otro, se acomete el impulso de la notificación electrónica en el ámbito tributario de la Comunidad Foral de Navarra.

Se establece como principio general que se admitirá cualquier sistema de identificación electrónica que cuente con un registro previo como usuario y que permita garantizar la identidad de ese usuario. Por otro lado, en una estricta aplicación de la normativa legal vigente, se pretende que la Hacienda Tributaria de Navarra admita los sistemas de firma electrónica y otros medios de firma simplificados con validez jurídica equivalente a la firma electrónica.

En lo que se refiere al impulso de las notificaciones electrónicas se pretende dar un paso más para adaptar la Administración tributaria de la Comunidad Foral a las modernas tecnologías, a la vez que se incide en una nueva concepción de la relación más sencilla y más fluida entre los ciudadanos, las empresas y la Administración tributaria. Mediante esta norma se regulan las condiciones generales para realizar las notificaciones electrónicas. El sistema concreto elegido por la Hacienda Tributaria de Navarra para efectuar la notificación electrónica será el de dirección electrónica habilitada (DEH). Los supuestos en los que será obligatoria la realización de la notificación electrónica  y el envío de notificaciones por medios electrónicos a los representantes de los obligados tributarios.