Gipuzkoa aprueba sus normas de los impuestos sobre depósitos en entidades de crédito, IVPEE, combustible nuclear, extracción de gas y petróleo, gases fluorados, actividades sobre el juego, transacciones financieras y determinados servicios digitales

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Gipuzkoa aprueba las normas que regularán en su territorio los impuestos sobre depósitos en entidades de crédito, IVPEE, los impuestos sobre la producción y el almacenamiento de combustible nuclear y otros residuos radioactivos, el impuesto sobre el valor de la extracción de gas, petróleo y condensados., sobre gases fluorados de efecto invernadero, el impuesto sobre actividades sobre el juego y los nuevos impuestos sobre las transacciones financieras y sobre determinados servicios digitales.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa del día 7 de agosto se publicaron además del DECRETO FORAL NORMATIVO 3/2023, de 26 de julio, del Impuesto sobre el Valor Añadido y el DECRETO FORAL NORMATIVO 4/2023, de 26 de julio, de Impuestos Especiales, en cumplimiento del mandato que exige que la normativa foral del IVA y de los Impuestos especiales coincidan con la normativa vigente en el Estado se publicaron los siguientes Decretos Forales Normativos que regularán en su territorio los impuestos aprobados en el territorio estatal y concertados por las Leyes que modificaron la  a Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco y que se regirán por las mismas normas sustantivas y formales que las establecidas en cada momento por el Estado.. Así la Ley 7/2014, de 21 de abril concertó el Impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito, Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica; Impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas, el  Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero y el Impuesto sobre actividades de juego, la Ley 10/2017, de 28 de diciembre  el Impuesto sobre el valor de la extracción de gas, petróleo y condensados y la Ley 1/2022, de 8 de febrero  el Impuesto sobre las transacciones financieras y el   Impuesto sobre determinados servicios digitales.

En concreto, son los siguientes: el Decreto Foral Normativo 5/2023, de 26 de julio, del Impuesto sobre las Transacciones Financieras,  el Decreto Foral Normativo 6/2023, de 26 de julio, del Impuesto sobre determinados servicios digitales, el Decreto Foral Normativo 7/2023, de 26 de julio, del Impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito, el Decreto Foral Normativo 8/2023, de 26 de julio, del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, Decreto Foral Normativo 9/2023, de 26 de julio, del Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica, el Decreto Foral Normativo 10/2023, de 26 de julio, del Impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas, el Decreto Foral Normativo 11/2023, de 26 de julio, del Impuesto sobre el valor de la extracción de gas, petróleo y condensados, el Decreto Foral Normativo 12/2023, de 26 de julio, del Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero y el Decreto Foral Normativo 13/2023, de 26 de julio, del Impuesto sobre actividades de juego, que tiene por objeto incorporar al ordenamiento tributario del Territorio Histórico de Gipuzkoa la regulación de estas figuras impositivas, recogiendo en ella los puntos de conexión fijados en el Concierto Económico a efectos de su exacción.