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Campaña de Renta 2023: reducción de módulos del IRPF y de la reducción general para actividades agrícolas y ganaderas

Estimación objetiva del IRPF de actividades agrícolas y ganaderas 2023: reducción de los índices de rendimiento neto y de la reducción general. Imagen de un campo de trabajo cultivandose

Aprobación de la reducción de los índices de rendimiento neto y de la reducción general del 10 al 15 por ciento, aplicables en 2023, por las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales.

Como es habitual todos los años por estas fechas y en plena campaña de renta 2023, la Orden HAC/348/2024, de 17 de abril (publicada en el BOE y en vigor el 19 de abril), reduce para el período impositivo 2023 los índices de rendimiento neto y la reducción general aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

Tipo de interés efectivo anual para el segundo trimestre de 2024, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros

Tipo de interés efectivo anual segundo trimestre de 2024. Imagen de pizarra con signos de porcentaje y mujer señalando en una pantalla

Publicado el tipo de interés efectivo anual para el segundo trimestre de 2024 a efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto.

En el BOE del 13 de abril de 2024, se ha publicado la Resolución de 12 de abril de 2024, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el segundo trimestre natural del año 2024, a efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo establecido en los artículos 63 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades y 91 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Se aprueba el modelo 239 de declaración informativa relacionada con el Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas

Nuevo modelo 239. Ilustración de dos mujeres y un hombre con papeles bajo el brazo

Además, se actualiza el contenido del modelo 234 de «Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal».

En el BOE de 22 de marzo de 2024 se ha publicado la Orden HAC/266/2024, de 18 de marzo, que aprueba el modelo 239, "Declaración de información de determinados mecanismos de planificación fiscal en el ámbito del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, y modifica la Orden HAC/342/2021, de 12 de abril, por la que se aprueba el modelo 234 de "Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal", el modelo 235 de "Declaración de información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables" y el modelo 236 de "Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal".

Campaña Impuestos Renta y Patrimonio 2023: Publicados en el BOE los modelos, el lugar, forma y plazo de presentación de los mismos

Campaña Impuestos Renta y Patrimonio 2023: Publicados en el BOE los modelos, el lugar, forma y plazo de presentación de los mismos. Imagen de montaje cabecera de los modelos D-100 y D-714

IRPF e IP 2023: aprobación de los modelos, lugar, forma y plazos de presentación, procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del IRPF, y determinación de las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.

Un año más a los contribuyentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre el patrimonio se nos acerca la hora de dar cuenta a Hacienda de nuestras obligaciones fiscales con respecto a los impuestos mencionados, y para ello en el BOE de 22 de marzo de 2024 y en vigor al día siguiente, se ha publicado la Orden HAC/265/2024, de 18 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2023, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios electrónicos y se regula el reintegro de la ayuda prevista en el artículo 31 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.

Directrices generales del Plan Anual de Control Tributario 2024

Directrices generales del Plan Anual de Control Tributario 2024. Imagen de una lupa observando monedas y billetes

Publicación para 2024 de las directrices generales del Plan anual de Control Tributario y Aduanero

En virtud del mandato establecido en el artículo 116 de la Ley General Tributaria de elaborar anualmente un plan de control tributario, se ha publicado la Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (BOE de 29 de febrero de 2024), donde se publican las directrices generales del citado Plan General de Control Tributario y Aduanero de 2024.

Las directrices giran en torno a 5 grandes pilares:

  • Información y asistencia.
  • Prevención de los incumplimientos. El fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude.
  • La investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero.

Se aprueban los valores negociados en centros de negociación con su valor de negociación medio correspondiente al 4T de 2023 a efectos del IP y del modelo 189

Relación de valores o participaciones a efectos del IP y del modelo 189. Imagen de un gráfico en tonos azules

Relación de valores o participaciones con su valor de negociación medio o de liquidación media relativa al cuarto trimestre de 2023, a efectos de la declaración del IP 2023 y de la declaración informativa anual modelo 189 de valores, seguros y rentas

Próximo el comienzo del plazo de presentación de la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, correspondiente al ejercicio 2023 y de la declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas (modelo 189), la Orden HAC/172/2024, de 26 de febrero (BOE de 28 de febrero y en vigor el 29 de febrero), aprueba la relación de valores negociados en centros de negociación, con su valor de negociación medio correspondiente al cuarto trimestre de 2023, a efectos de la declaración del Impuesto Sobre el Patrimonio del año 2023 y de la declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas.

Modificado el Reglamento de IRPF en materia de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo

Modificado el Reglamento de IRPF en materia de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo. Imagen de una chica recibiendo un sobre de dinero en el almacen de su puesto de trabajo

Se acompasan las retenciones al incremento del Salario Mínimo Interprofesional en 2024, que se ha elevado para 2024, a través del Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, hasta los 1.134 euros al mes, con el objetivo de que las personas que cobren ese sueldo no soporten retenciones del impuesto en su nómina, elevándose la cuantía mínima para practicar retenciones de 15.000 a 15.876 euros

El Real Decreto 142/2024, de 6 de febrero (BOE de 7 de febrero, en vigor y con efectos a partir del 8 de febrero), modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de retenciones e ingresos a cuenta.

A continuación, reseñamos las modificaciones introducidas en materia de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo (Ver cuadro comparativo):

Se publican en el BOE los modelos 040 y 238 relativos al intercambio automático obligatorio de información comunicada por los operadores de plataformas (DAC 7)

Modelos 238 y 040: intercambio de información operadores de plataformas. Imagen del Modelo 040

El modelo 238 será aplicable por primera vez al modelo 238, «Declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas», correspondiente al ejercicio 2023, que se deberá presentar hasta el 6 de abril de 2023.

La Orden HAC/72/2024, de 1 de febrero (BOE de 5 de febrero), aprueba el modelo 040 «Declaración censal de alta, modificación y baja en el registro de operadores de plataforma extranjeros no cualificados y en el registro de otros operadores de plataforma obligados a comunicar información» y el modelo 238 «Declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas», y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.

Novedades en los modelos 123, 193, 210, 211, 213, 216 y 296

Novedades en los modelos 123, 193, 210, 211, 213, 216 y 296. Imagen de la cabecera de los tres modelos 123, 216 y 296

La Orden HAC/56/2024, de 25 de enero (BOE de 31 de enero), modifica las órdenes ministeriales que aprueban los modelos de autoliquidación 123, 210, 216, y de declaración informativa 193 y 296 y la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

En concreto modifica las siguientes órdenes ministeriales:

  1. Orden EHA/3435/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación 117, 123, 124, 126, 128 y 300 y se establecen medidas para la promoción y ampliación de la presentación telemática de determinadas autoliquidaciones, resúmenes anuales y declaraciones informativas de carácter tributario.
    En concreto la modificación se corresponde con el modelo 123, «Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes). Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas. Autoliquidación». En concreto se actualiza su anexo II (autoliquidación periódica-Modelo 123) para insertar un desglose dentro del importe total de retenciones e ingresos a cuenta, correspondiente a los dividendos y otras rentas de participación en fondos propios de entidades.

Desarrollo de la nueva obligación de comunicación de información de los vendedores que se impone a los operadores de plataformas digitales derivados de la DAC 7 y DAC 8 y otras modificaciones reglamentarias

Desarrollo reglamentario del deber de comunicación de los operadores de plataformas digitales y otras modificaciones. Imagen virtual de comercio electrónico

Se establecen las normas y procedimientos de diligencia debida y obligaciones de registro e información a los efectos del cumplimiento por los operadores de plataformas de la obligación de suministrar información respecto de los vendedores que operen en ellas. Además, se realizan otras modificaciones reglamentarias para incorporar las modificaciones previstas en la Ley 13/2023 como la obligación de comunicar la titularidad real de las personas jurídicas y entidades o la implantación del sistema de autoliquidación rectificativa en el ámbito del IRPF, IS, IVA, II.EE y del IGFEI.

En el BOE de hoy, 31 de enero de 2024 se ha publicado el REAL DECRETO 117/2024, de 30 de enero, por el que se desarrollan las normas y los procedimientos de diligencia debida en el ámbito del intercambio automático obligatorio de información comunicada por los operadores de plataformas, y se modifican el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021 por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad.

La Directiva (UE) 2021/514 (DAC 7) implantó la obligación a los operadores de plataformas de suministrar información respecto de los vendedores que mediante este real decreto se desarrolla estableciéndose las normas y procedimientos de diligencia debida, que deberán realizarse antes del 31 de diciembre del año natural respecto del cual se lleva a cabo la comunicación, y regula las nuevas obligaciones de registro e información. El plazo de cumplimiento de la obligación de información que será durante el mes de enero del año natural posterior a aquel en el que el «vendedor» haya sido identificado como «vendedor sujeto a comunicación de información». En concreto, las normas y procedimientos de diligencia debida se aplicarán a partir de 1 de enero de 2023 y la primera declaración informativa de la obligación de información de determinadas actividades por los operadores de plataformas se deberá presentar en el plazo de dos meses siguientes a partir de la entrada en vigor de la orden ministerial reguladora del modelo, respecto de la información relativa al año inmediato anterior.

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