Aprobados los modelos 410 y 411 del Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito

En el BOE de 25 de junio de 2015,  se ha publicado la Orden HAP/1230/2015, de 17 de junio, que aprueba el modelo 411 "Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito. Autoliquidación", y establece las condiciones y el procedimiento para su presentación y modifica la Orden HAP/2178/2014, de 18 de noviembre, que aprobó el modelo 410 de pago a cuenta del Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito y estableció las condiciones y el procedimiento para su presentación.

Como se recordará la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, modificó,  con efectos desde el 1 de enero de 2014, el tipo de gravamen del Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito, fijándolo en el 0,03 por ciento, e introdujo otras reformas y mejoras técnicas en la regulación establecida por la Ley 16/2012.

Por ello, es necesario aprobar el modelo 411 «Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito. Autoliquidación», disponible exclusivamente en formato electrónico, y cuyo plazo de presentación será el comprendido entre los días 1 y 31  del mes de julio del año siguiente a aquel que coincida con el periodo impositivo.

Asimismo se modifica, en esta norma que estamos reseñando, el modelo de autoliquidación del pago a cuenta del Impuesto (modelo 410), a fin de aportar una mayor claridad en la forma en que debe confeccionarse la autoliquidación en relación con la distribución territorial de dicho pago a cuenta incluyendo para ello información relativa a Ceuta y Melilla.