Nota de la AEAT sobre cuestiones relativas a los vehículos de uso mixto cedidos a empleados

Vehículos de uso mixto cedidos a empleados. Imagen del logo de la Agencia Tributaria

En el caso de vehículos de uso mixto cedidos a empleados, se analizan los criterios interpretativos que inciden en el criterio de disponibilidad para uso privado, la consideración de la cesión de vehículos por parte del empleador a efectos del IVA como prestación onerosa o gratuita, la deducibilidad por el empresario o profesional de las cuotas soportadas de IVA en la adquisición, arrendamiento o cesión de uso por otro título de vehículos, el autoconsumo de servicios y la determinación de la base imponible a efectos de IVA y de IRPF.

Fuente: AEAT (16/08/2023)