El impuesto sobre determinados servicios digitales y su encuadre en la fiscalidad internacional

El auge de determinadas actividades digitales y de nuevos modelos de empresas trae consigo innumerables beneficios y oportunidades, pero también se ha vuelto un reto para los sistemas fiscales actuales, que requiere ajustes en nuestras normas y sistemas tradicionales. El marco fiscal internacional debe adaptarse a la sensibilidad cambiante de las empresas digitales, para adoptar medidas coordinadas a fin de evitar el peligro de doble imposición. La Unión Europea manifiesta su voluntad de trabajar para dar soluciones de ámbito mundial en el seno de la OCDE, para adaptar nuestras normas en el ámbito de la fiscalidad, dado el carácter global de esta cuestión. Muchos Estados entre los que se encuentra España han adoptado unilateralmente medidas impositivas provisionales hasta tanto no haya una fiscalidad mundial para atenuar la elusión fiscal de estas compañías digitales.

Palabras clave: fiscalidad; actividades digitales; beneficios; empresas; usuarios.

Eva María Sánchez Sánchez
Profesora ayudante doctora de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad Rey Juan Carlos

Sumario

1. Introducción
2. ¿Qué es? El IDSD y su finalidad

2.1. Naturaleza y objeto del IDSD
2.2. La finalidad del IDSD

3. Los proyectos desarrollados por los países europeos y de la OCDE relacionados con los impuestos sobre los servicios digitales

3.1. La propuesta digital fiscal de Francia
3.2. La propuesta digital fiscal de Reino Unido
3.3. La propuesta digital fiscal de Italia

4. La necesidad de nuevas normas para la fiscalidad digital internacional en la UE
5. La propuesta de la OCDE sobre el impuesto de los servicios digitales
6. A modo de conclusión

Referencias bibliográficas
Bibliografía

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 463 (octubre 2021)