Algunos efectos en los impuestos patrimoniales cedidos a las CC. AA. derivados de las Leyes 26, 27 y 28, de 27 de noviembre de 2014, relativas al IRPF, IS e IVA
En las leyes 26, 27 y 28, de 27 de noviembre de 2014, que han modificado, respectivamente, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre Sociedades hay normas que afectan, directa o indirectamente, al Impuesto sobre el Patrimonio, al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD). Por tanto, para la aplicación de estos últimos impuestos en 2015 deben tenerse presentes esas novedades contenidas, paradójicamente, en leyes referidas a otras figuras. Dado que el verdadero alcance de las mismas lo dará la interpretación que finalmente resulte en cada impuesto, y dado que esas medidas ya han sido comentadas con elevado rigor en otras colaboraciones en esta revista, las incluimos a modo de inventario resumidamente comentado.
Como se verá, en las referidas a la imposición directa, el asunto principal es el relativo a los beneficios ligados a lo que se suele denominar como «empresa familiar». Y en la indirecta, el efecto que tienen distintas modificaciones del IVA en la delimitación de su frontera con el concepto impositivo transmisiones patrimoniales onerosas del ITP y AJD. Lo que sí tienen en común es el ser casi todas ellas modificaciones en asuntos especialmente polémicos en la práctica.
Palabras claves: impuestos patrimoniales cedidos a las CC. AA., Leyes 26/2014, 27/2014 y 28/2014, IP, ITP y AJD e ISD.
Francisco de Asís Pozuelo Antoni
Inspector de Hacienda del Estado.
Dirección General de Tributos de la Comunidad Autónoma de Aragón
Sumario
1. La ampliación del concepto de profesional en el IRPF
2. La nueva definición del arrendamiento inmobiliario como actividad económica
3. Concepto de entidad patrimonial
4. Los nuevos (pero todavía futuros) supuestos de sujeción al IS
4.1. Su difícil identificación
4.2. Incidencia en la imposición directa patrimonial
4.3. Beneficios fiscales en el ITP y AJD
5. La retribución de los administradores
6. Operaciones vinculadas
6.1. Se elimina la posibilidad de instar la tasación pericial contradictoria
6.2. Inexistencia de renta en las restituciones patrimoniales
6.3. Principio de estanqueidad
7. La delimitación del espacio IVA-TPO
7.1. Transmisión de una unidad económica autónoma (UEA)
7.2. Entregas de terrenos rústicos
7.3. Juntas de compensación
7.4. Renuncia a las exenciones en operaciones inmobiliarias
Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 385 (abril 2015)