Procede la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios en participaciones en el capital de entidades que realicen actividades económicas
Enviado por Editorial el Vie, 19/05/2017 - 10:59
Es procedente la deducción en el supuesto de inversiones en participaciones en el capital de entidades en la medida que las participaciones adquiridas se refieran a una entidad que realiza una actividad económica, como demostró la entidad al probar que la finca rústica se dedicaba a la actividad agrícola y que invirtió en obras de mejora de la explotación agropecuaria.
(Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 7 de febrero de 2017, recurso n.º 651/2015)