El listado de deudores a la hacienda pública y la publicidad de sentencias condenatorias por delito fiscal: ¿tienen carácter sancionador?

El objetivo de este artículo es realizar una aportación al debate suscitado en torno a las listas de morosos y defraudadores tributarios y a la publicidad de sentencias condenatorias por delito fiscal, recientemente reguladas en el ordenamiento español, tratando de responder a la pregunta de si presentan naturaleza sancionadora antes que de simple medida de publicidad. Para ello se recurrirá a los informes preceptivos del CGPJ, entre otros órganos, y a la jurisprudencia constitucional.

Palabras claves: listas de morosos y defraudadores, publicidad de las sentencias condenatorias por delito fiscal, Administración tributaria, naturaleza sancionadora y medidas de publicidad.

Sergio Luis Doncel Núñez
Profesor-Tutor de la UNED

Sumario

I. Introducción
II. El listado de deudores a la Hacienda Pública en la Ley General Tributaria
III. La publicidad de las sentencias condenatorias por delito fiscal
IV. La discusión sobre la naturaleza sancionadora de estas medidas

1. Posición del Consejo de Estado
2. Posición del CGPJ
3. Posición del Consejo Fiscal

V. Reflexiones conclusivas a la luz de la doctrina constitucional sobre el concepto de sanción
Bibliografía

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 395 (febrero 2016)