Modificaciones del Modelo 281: modelo «Declaración informativa trimestral de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la Zona Especial Canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario»

Modificaciones del Modelo 281. Imagen de la bandera de Canarias

En el BOE de 30 de noviembre de 2023, se ha publicado la ORDEN HFP/1285/2023, de 28 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 281, «Declaración informativa trimestral de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la Zona Especial Canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, y por la que se regulan los requisitos del «Libro registro de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la Zona Especial Canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario», debiéndose presentar las declaraciones informativas trimestrales de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la Zona Especial Canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario correspondientes a los cuatro trimestres de 2023 desde el día 1 de enero hasta el 31 de enero de 2024.

Mediante se esta norma se incorporan en el Modelo 281  «Declaración informativa trimestral de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la Zona Especial Canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario», que habrá de presentarse con periodicidad trimestral por los obligados a declarar, incluyendo los datos que se deben incluirse de acuerdo con la modificación introducida por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias en la Ley 19/1994, que regula las especialidades de tributación en el Impuesto sobre Sociedades de las entidades de la Zona Especial Canaria, con efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2023.

La declaración informativa trimestral de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la Zona Especial Canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario correspondiente al primer, segundo y tercer trimestre del ejercicio 2023 se presentará en el mismo plazo que la declaración informativa trimestral de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la Zona Especial Canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2023, es decir, desde el día 1 de enero hasta el 31 de enero de 2024.

En concreto, «Los contribuyentes que realicen las operaciones de comercio de bienes, tratándose de la adquisición de bienes para su reventa sin que las mercancías pasen materialmente por territorio canario, las operaciones comerciales se hayan realizado en el ámbito geográfico de la Zona Especial Canaria  deberán suscribir trimestralmente declaración informativa de operaciones con bienes realizadas fuera de la Zona Especial Canaria en donde se hará constar el origen y destino de las mercancías, la tipología de mercancías, cantidad y resto de información requerida, de acuerdo con el código aduanero de la Unión y demás normativa aplicable. Igualmente deberán llevar registro de la documentación aduanera correspondiente.

A continuación, se establecen las obligaciones de presentar el modelo, el objeto de la información, así como su plazo y formas de presentación.

Finalmente, se regulan los requisitos del libro registro de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la Zona Especial Canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario.