No están exentos del IBI los monumentos históricos en los que se desarrollen actividades económicas
Enviado por Editorial el Mar, 20/02/2018 - 12:57
Están sujetos al IBI dos inmuebles de un antiguo convento declarado monumento histórico-artístico y bien de interés cultural porque están afectos a explotaciones económicas, en concreto uno estuvo alquilado como horno y el otro como cafetería restaurante, quedando así exceptuados de la exención se establece en el IBI para los Bienes de Interés Cultural.