Las prestaciones de asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud no se consignan en la declaración de operaciones con terceros, modelo 347
Enviado por Editorial el Jue, 15/06/2017 - 14:42
El régimen jurídico diferente del de las subvenciones, ayudas y auxilios públicos que le otorga a este tipo de prestaciones su fundamento constitucional y su normativa reguladora supone que queden al margen de esta declaración prestaciones como el reintegro de gastos de productos farmacéuticos o de ortoprótesis, ayudas por desplazamiento y estancia, adquisiciones de medicamentos no autorizados en España –esto con matices-, la facturación por los Colegios Farmacéuticos de las recetas dispensadas a las oficinas de farmacia de su ámbito o la compensación económica por gastos de electricidad en tratamiento de oxigenoterapia domiciliaria con concentradores.