Cómo puede sobrevivir la empresa a la sucesión y a los litigios familiares: aspectos civiles y fiscales

Cómo puede sobrevivir la empresa a la sucesión y a los litigios familiares: aspectos civiles y fiscales

El 99,9% de las empresas en España son pymes, es decir, tienen menos de 250 trabajadores y su volumen de negocio anual no rebasa los 50 millones de euros, siendo estas las que más dificultades encuentran a la hora de afrontar la sucesión y los litigios familiares.

La planificación de la sucesión es algo que se suele posponer, produciéndose en muchos casos sin la planificación organizativa y fiscal necesaria. Si ya de por sí la permanencia de las empresas en el tiempo es complicada, el relevo generacional es un punto clave en la vida de las empresas, ya que son pocas las que llegan a la segunda generación, solo un tercio, pero menos las que llegan a la tercera, que no superan la décima parte.

7 aspectos clave para que la empresa pueda sobrevivir a litigios familiares y a la sucesión del fundador

  1. La escritura de constitución y los estatutos de la empresa. En muchas ocasiones, cuando se crean las empresas, no se da la importancia, que realmente tiene a la escritura de constitución y a los estatutos, de manera que no se dejan bien amarrados aspectos sucesorios o la solución de litigios en el accionariado. Pero en ocasiones, el amor y la amistad no son para siempre, siendo entonces cuando surgen los problemas. Es importante, pues, que el administrador, fundador y cerebro de la sociedad cuando crea esta no se ciña solo al modelo estándar de estatutos y que incluya algunas cláusulas que permitan la supervivencia de la sociedad en el caso de diputas entre los socios.
  2. La empresa es un ser vivo que necesita de un equilibrio para sobrevivir. Las sucesiones y litigios internos pueden alterar ese equilibrio y llevar a la empresa a la quiebra. El fundador puede conocer este equilibrio, pero si las generaciones que toman el relevo piensan solo en sacar el máximo dinero, alterando para ello el equilibrio de la sociedad, puede pasar como el cuento de la gallina de los huevos de oro.
  3. ¿Cuánto vale una participación de una sociedad? Para contestar a esta pregunta, podemos pensar en la crisis inmobiliaria y preguntarnos: ¿cuánto vale una propiedad inmobiliaria? La respuesta es: lo que alguien pueda y esté dispuesto a pagar, si realmente se quiere vender. Por ello, cuando se produce la disolución de un matrimonio y ambos cónyuges son accionistas de la sociedad, antes de pedir una cantidad se debería pensar en el precio que se está dispuesto a pagar, ya que pedir un precio desproporcionado puede imposibilitar un acuerdo, pero pagarlo puede llevar a la empresa a la quiebra, si es esta la que debe financiar el pago y no tiene capacidad para generar los recursos necesarios.
  4. ¿Existe un plan de sucesión? Si no existe un plan de sucesión, que ya debería empezar a aplicarse antes del fallecimiento o jubilación del empresario, la empresa puede verse sumida en el caos más absoluto. ¿Por qué no dejar apuntalada la supervivencia y el futuro del negocio que tanto trabajo costó levantar? Si se decide abordar un plan de sucesión, los principales pasos que se deben dar son:
    • Identificación, selección y preparación del candidato elegido para ponerse al frente del negocio.
    • Una vez elegido, lo ideal es que este pueda ser entrenado por el fundador, de manera que este pueda transmitirle su "know how", o saber hacer, para que de esta manera pueda conocer el negocio.
    • La comunicación, tanto interna como externa, es clave en todo el proceso, para que los socios clave del negocio, tanto los empleados, entidades financieras, clientes y proveedores mantenga la confianza en la empresa.
  5. ¿Tenemos en cuenta la fiscalidad de las sucesiones y los ligios familiares en la empresa? La sucesión en las sociedades, así como la disolución de la sociedad de gananciales, los embargos, las pensiones, etc. tienen repercusiones fiscales que es importante conocer, por lo que el CEF facilita a abogados, asesores, profesionales del derecho y a cualquier interesado en conocer las repercusiones jurídicas y fiscales que acompañan a estos procesos el Curso Monográfico sobre Litigios Familiares y Sucesorios. Aspectos Civiles y Fiscales.
  6. El sentido común. Hay muchas frases celebres acerca del sentido común, puesto que muchas celebridades se han debido enfrentar a la falta de este.

    "Me convencí de que dudar de todo es carecer de lo más preciso de la razón humana, que es el sentido común."

    Jaime Luciano Balmes (1810-1848).
    Filósofo y sacerdote español.

    "El sentido común es el menos común de los sentidos."

    H. Greele (1811-1872).
    Político y periodista estadunidense.

    "Para triunfar es necesario, más que nada, tener sentido común."

    Napoleón I (1769-1821). Napoleón Bonaparte.
    Emperador francés.

    "Hay gentes tan llenas de sentido común, que no les queda el más pequeño rincón para el sentido propio."

    Miguel de Unamuno (1864-1936).
    Filósofo y escritor español.

  7. La aplicación del sentido común en estos procesos, sin perder de vista el sentido propio, tal y como dice Unamuno, es la mayor garantía para que todos los participantes de estos procesos lleguen al mejor acuerdos para todos.

  8. Tener un buen asesor. Estos procedimientos suelen tener bastante complejidad, no solo en lo relativo a los aspectos legales, por lo que contar con un buen asesor será una pieza clave en todo el proceso, que nos puede evitar costosos pleitos, ya que si tenemos que llegar a ellos, puede ser el primer paso hacia la tumba de la empresa.

José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga
Director Administrativo y Financiero (CFO)

 
Curso Monográfico sobre Litigios Familiares y Sucesorios. Aspectos Civiles y Fiscales