Consideraciones sobre el tratamiento fiscal de los socios de entidades mercantiles
Enviado por Editorial el Lun, 26/03/2012 - 09:02
La Agencia Tributaria ha publicado una nota informativa a efectos de aclarar la delimitación, bien como rendimientos del trabajo o de la actividad económica, de las retribuciones percibidas por los administradores de las sociedades mercantiles en el IRPF.
En esta nota se analizan diferentes casos que se pueden presentar en los socios de estas entidades:
- Socios que son a su vez miembros del órgano de administración de la sociedad anónima o de responsabilidad limitada.
- Socios que prestan servicios a una sociedad anónima o de responsabilidad limitada, distintos de los propios de los miembros del órgano de administración de la sociedad.
- Otros supuestos distintos de los anteriores (socios trabajadores de cooperativas y socios profesionales de sociedades civiles profesionales).
VER ENLACE A LA NOTA INFORMATIVA
Fuente: AEAT.
Temas relacionados:
- «La nota 1/2012 de la AEAT y los socios-trabajadores», de D. J. Andrés Sánchez Pedroche, publicado en la RCyT.CEF, número 350 (mayo 2012).