Al valorar el arrendamiento de viviendas de lujo entre personas vinculadas mediante el método de coste incrementado no se incluyen los costes de obras y de decoración
El alquiler de viviendas o villas de lujo por parte de una entidad en la que los socios son entidades participadas por los miembros de la familia de un príncipe, que son los que disfrutan las viviendas, supone una operación vinculada, pues aunque no se haya podido obtener el porcentaje de participación que corresponde a cada miembro, necesariamente el porcentaje de todos o algunos de ellos ha de ser superior al 5% y, además, está acreditada la unidad de decisión. Respecto al cálculo del valor de mercado, la Inspección utilizó el método del coste incrementado, pero lo aplicó añadiendo al precio del alquiler costes de obras o compra de elementos de decoración que, en caso de no disponer de tesorería la entidad, eran sufragados directamente por los socios últimos que los consideraban préstamos que más tarde capitalizaban. No es correcta la aplicación del coste incrementado de esta manera, pues no procede incluir los costes de las obras y las compra de decoración y mediante informe pericial se ha demostrado que el precio del alquiler acordado era incluso superior al de mercado.
(Audiencia Nacional de 6 de junio de 2017, recurso n.º 442/2014)