Autonómica

Galicia interrumpe los plazos en los procedimientos ante las entidades del sector público

Plazos administrativos en Galicia. Dibujo de la silueta de un hombre deteniendo unas fichas de dominó

Decisión adoptada como medida para contener el Covid-19.

Se ha publicado en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 15 de marzo de 2020, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se da publicidad al acuerdo del Centro de Coordinación Operativa (Cecop), mediante el que se adoptan medidas preventivas en lugares de trabajo del sector público autonómico como consecuencia de la evolución epidemiológica del coronavirus COVID-19.

Murcia suspende la atención presencial en sus Oficinas de atención al contribuyente

Coronavirus medidas Murcia. Imagen de un cartel de cerrado

El Boletín Oficial de la Región de Murcia ha publicado la Resolución de 15 de marzo de 2020 por la que se suspende la actividad presencial en las oficinas de atención integral al contribuyente de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En virtud de esta Resolución con efectos desde el 15 de marzo, y durante el tiempo que se prolonguen las medidas establecidas en el RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara en estado de alarma a nivel nacional, queda suspendida la atención presencial en las citadas oficinas en aras a proteger la salud de los ciudadanos, empleados públicos y resto de personal que prestan sus servicios en dichas oficinas.

Extremadura suspende los plazos de los procedimientos administrativos

Suspensión de plazos administrativos en Extremadura. Bandera de Extremadura

Interrupción de los plazos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En el Diario Oficial de Extremadura se ha publicado el Decreto 17/2020, de 15 de marzo, por el que se determinan los servicios públicos básicos de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su sector público institucional, ante la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Cantabria también prorroga la presentación de ISD, ITP y Tributos sobre el juego

Medidas tributarias en Cantabria. Silueta de Cantabria con la palabra Coronavirus por encima

El Boletín Oficial de Cantabria ha publicado la Orden HAC/09/2020, de 20 de marzo, en la que se adoptan medidas temporales y excepcionales con motivo de la crisis originada por la emergencia sanitaria actual.

Al igual que viene sucediendo con el resto de comunidades autónomas, el Gobierno cántabro ha tomado una serie de medidas en el ámbito tributario por las que se amplían los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y los Tributos sobre el Juego.

Los plazos para la presentación de los citados impuestos, se ampliarán en un mes, respecto del que legal o reglamentariamente les correspondiera, siempre que dicho plazo no hubiera finalizado con anterioridad al 14 de marzo de 2020.

Canarias: Ampliada la presentación del IGIC, declaraciones censales e impuestos cedidos

Coronavirus medidas canarias. Bandera de las Islas Canarias

Se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias la Orden de 20 de marzo de 2020, que establece medidas especiales en el ámbito tributario en relación a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Las medidas al IGIC, al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y a las declaraciones censales.

Cataluña suspende los plazos de presentación de tributos hasta que se deje sin efectos el estado de alarma

Plazos tributarios en Cataluña. Siluetas de unas personas tirando de una cuerda atada a la manecilla de un reloj gigante

Mediante nuevo decreto-ley, Cataluña adopta medidas complementarias para hacer frente al Covid-19.

El día 19 de marzo de 2020, se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña, con entrada en vigor el mismo día, el Decreto-Ley 7/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes en materia de contratación pública, de salud y gestión de residuos sanitarios, de transparencia, de transporte público y en materia tributaria y económica, mediante el cual se complementa el primer decreto-ley adoptado en relación a la situación actual, Decreto-Ley 6/2020, de 12 de marzo, de medidas urgentes en materia asistencial, presupuestaria, financiera, fiscal y de contratación pública, con el fin de paliar los efectos de la pandemia generada por el coronavirus CoVid-19. Posteriormente, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, ha declarado el estado de alarma, permitiendo, de acuerdo con su contenido y respecto a las competencias de la Generalidad de Cataluña, adoptar nuevas medidas de tipo indirecto mediante este Decreto-Ley, en materia de contratación pública, transporte, gestión tributaria, tratamiento de residuos hospitalarios y transparencia.

Aragón: Ampliación de plazos para la presentación de ISD e ITPAJD

Medidas tributarias en Aragón con motivo del coronavirus. Imagen de calendario de sobremesa

El BOA ha publicado la ORDEN HAP/235/2020, de 13 de marzo, con un contenido marcado por la situación de emergencia generada por las medidas adoptadas para contener la propagación del COVID-19.

En virtud de esta Orden, se amplían por periodo de un mes los plazos para la presentación y pago de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, sobre Sucesiones y Donaciones, y sobre el juego.

Madrid declara inhábiles del 13 al 26 de marzo de 2020 a efectos de cómputo de plazos en los procedimientos administrativos a causa del coronavirus

Plazos administrativos en Madrid. Bandera de la Comunidad de Madrid ondeando

Se declaran a efectos de cómputo de plazos en los procedimientos administrativos que se tramiten en el ámbito de la Comunidad de Madrid, como días inhábiles los comprendidos entre el 13 y el 26 de marzo de 2020, ambos inclusive.

En el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid, en un número extraordinario del viernes 13 de marzo de 2020 se publicó el Acuerdo de 13 de marzo de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se declaran días inhábiles en la Comunidad de Madrid desde el 13 al 26 de marzo de 2020. Esta norma produce efectos desde el momento de su adopción (13 de marzo de 2020) hasta las 0:00 horas del día 26 de marzo de 2020, si bien puede prorrogarse.

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