Estatal

Modelo 720: declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero

Como señalamos en su momento, concretamente en el apartado de novedades legislativas, la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, introdujo una nueva obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero, incorporando para ello en la Ley General Tributaria la disposición adicional decimoctava. El desarrollo reglamentario de esta disposición se llevó a cabo a través del Real Decreto 1558/2012, de 15 de noviembre, introduciendo en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio (Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos) esta nueva obligación de información en los tres artículos siguientes:

  • Artículo 42 bis. Obligación de informar acerca de cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
  • Artículo 42 ter. Obligación de información sobre valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero.
  • Artículo 54 bis. Obligación de información sobre bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.

Publicados los modelos del Gravamen Especial sobre los Premios de determinadas Loterías y Apuestas (modelos 230 y 136)

Con entrada en vigor a partir del 1 de febrero, la Orden HAP/70/2013, de 30 de enero aprueba los modelos 230 (IRPF e IRNR, IS: retenciones e ingresos a cuenta) y 136 (IRPF e IRNR. Autoliquidación) relativos al Gravamen Especial sobre los Premios de determinadas Loterías y Apuestas.

Como recordarán la Ley 16/2012, de 27 de diciembre (por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica), modificó, con efectos desde el 1 de enero de 2013 la disposición adicional trigésima tercera de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, estableciendo la sujeción al IRPF a través de un gravamen especial, de los premios pagados correspondientes a sorteos celebrados a partir del 1 de enero de 2013, de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, así como de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española y de las modalidades de juegos autorizadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles. Asimismo, se someten a dicho gravamen especial los premios de las loterías, apuestas y sorteos organizados por organismos públicos o entidades que ejerzan actividades de carácter social o asistencial sin ánimo de lucro establecidos en otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y que persigan objetivos idénticos a los de los organismos o entidades españoles anteriormente señalados y que hasta ahora estaban exentos.

Nuevas cuantías de indemnizaciones en 2013, para valoración de daños en accidentes de circulación

La Resolución de 21 de enero de 2013, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2013 el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Dichos importes son importantes a la hora de fijar las cuantías exentas del IRPF respecto a las indemnizaciones a que se refiere el artículo 7 d) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Publicada en el BOE la Oferta de Empleo Público para 2012

El pasado sábado 29 de diciembre ha salido publicada en el BOE la Oferta de Empleo Público para 2012.

La oferta, contenida en el Real Decreto 1694/2012, de 21 de diciembre, viene marcada por el cumplimiento de los siguientes objetivos a tenor de su artículo 2: atención a los sectores que afecten al funcionamiento de los servicios esenciales, el adecuado dimensionamiento del volumen de efectivos, la austeridad y la eficiencia en recursos humanos, reservando el 7 por 100 de las plaza ofertadas para ser cubiertas por personas con discapacidad.

Las 125 plazas ofertadas para persona funcionario de la Administración General del Estado quedan repartidas las del siguiente modo:

Aprobadas medidas fiscales de gran calado: supresión deducción por adquisición de vivienda, actualización de balances, creación Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito, régimen fiscal de las SOCIMI……..

Como se puede observar si se leen las distintas novedades legislativas que vamos incorporando en el día de hoy, por cierto día de los Santos Inocentes, el BOE ha venido repleto de disposiciones de índole fiscal. Ahora vamos a hacer referencia a la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, que adopta diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica. Adelantamos que en esta Ley se desarrolla una pequeña “reforma tributaria” pues afecta a conceptos básicos del sistema tributario español. Así:

Presupuestos Generales del Estado 2013

En el BOE del 28 de diciembre, se ha publicado la Ley 17/2012 de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013. En el ámbito tributario, la gran mayoría de las medidas que incorpora son las que habitualmente recoge esta norma, medidas que inciden en las principales figuras del sistema tributario: coeficientes de actualización del valor de adquisición de inmuebles que se transmiten tanto en el IRPF como en el IS, regulación del pago fraccionado en IS, escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios en el ITP y AJD, determinación del interés legal del dinero y del de demora o actualización y regulación de determinadas tasas.

Esta parquedad en modificaciones viene motivada porque este año la ley de presupuestos viene acompañada por otra ley, concretamente la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, que contiene medidas tributarias de gran calado dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, tales como: supresión de la deducción por inversión en vivienda habitual, nuevo régimen fiscal de las ganancias en el juego, actualización de balances, limitación de las amortizaciones fiscalmente deducibles, …

A continuación se agrupan, clasificadas por impuestos, las principales medidas fiscales que se recogen en la Ley de Presupuestos:

Medidas fiscales para la sostenibilidad energética

La Ley 15/2012, de 27 de diciembre (BOE de 28 de diciembre), contiene una serie de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, destacando de entre ellas la integración de las políticas medioambientales en nuestro sistema tributario (bien a través de la creación de tributos específicamente ambientales o bien incorporando el elemento ambiental en otros tributos ya existentes). A tal fin, mediante esta Ley se crean tres nuevos impuestos: el Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica (de carácter directo y naturaleza real, que grava la realización de actividades de producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica en el sistema eléctrico español y será aplicable a la producción de todas las instalaciones de generación siendo su tipo de gravamen del 7 por ciento), el Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica (cuyo hecho imponible lo constituye la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica) y, por último, el Impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas (constituyendo su hecho imponible la actividad de almacenamiento de combustible nuclear gastado y de residuos radiactivos en una instalación centralizada).

Modificaciones efectuadas en la regulación de los delitos contra la Hacienda Pública

La Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, en vigor a partir del 17 de enero de 2013, introduce diversas modificaciones en el Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre), en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social, siendo su principal novedad la creación en ambos casos de un tipo agravado para las conductas más graves o de mayor complejidad en su descubrimiento.

En estas líneas únicamente vamos a reseñar las principales novedades incluidas en la regulación de los delitos contra la Hacienda Pública ya que sus implicaciones son de gran calado y trascendencia.

Nueva configuración legal de la regularización tributaria como el reverso del delito que neutraliza completamente el desvalor de la conducta (con una declaración completa y veraz) y el desvalor del resultado (mediante el pago completo de la deuda tributaria), considerándose que la regularización de la situación tributaria hace desaparecer el injusto derivado del inicial incumplimiento de la obligación tributaria.

Medidas fiscales contenidas en la Ley de medidas de impulso al comercio interior

En el BOE de hoy 27 de diciembre, se ha publicado la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios (con entrada en vigor el 28 de diciembre). En materia tributaria esta norma recoge las novedades que introdujo el Real Decreto-Ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios (al cual deroga). Como recordarán se modificaba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), para que la reforma que se emprendía en materia de licencias no perjudicara el régimen fiscal de las Entidades Locales, esto es, cobrar las tasas y el Impuesto sobre Constituciones, Instalaciones y Obras (ICIO) en aquellos supuestos en los que no ha habido licencia de apertura de establecimientos y también contenía modificaciones relativas a la declaración tributaria especial. Véanse las citadas novedades en Medidas de impulso al comercio interior y su incidencia en determinadas tasas y en el ICIO, y ampliación del contenido de la declaración tributaria especial.

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