Con el objeto de ejercer un mayor control sobre las operaciones vinculadas, la Agencia Tributaria, mediante la Orden HFP/816/2017, aprobó el modelo 232 para la presentación de la declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales, que debe presentarse en el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo al que se refiera la información a suministrar, es decir, que para los contribuyentes cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo de presentación de la declaración queda fijado desde el 1 al 30 de noviembre.
Es importante saber si se está obligado a presentar este modelo tributario, y si es así, saber cumplimentarlo correctamente, ya que las operaciones vinculadas están en el punto de mira de la Agencia Tributaria, hasta el punto de dedicarles un apartado en el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2018, especificando que se realizarán actuaciones de control relacionadas con el impuesto sobre sociedades relativas a las operaciones vinculadas.