Entregas intracomunitarias y exportaciones: exención del IVA y requisitos para aplicarla
Enviado por Editorial el Mar, 23/01/2018 - 09:30Las entregas intracomunitarias y las exportaciones de bienes son operaciones sujetas y exentas del IVA sin impacto en el régimen de deducciones del IVA soportado por el sujeto pasivo que las realiza, ya que nos encontramos ante exenciones plenas que permiten deducir el IVA soportado en las adquisiciones relacionadas con la operación exenta, siempre que se reúnan todos los requisitos para la deducción.
Además de las exportaciones y las entregas intracomunitarias, son también exenciones plenas las aplicables a las operaciones asimiladas a las exportaciones, las operaciones relativas a zonas francas, regímenes aduaneros y fiscales, depósitos francos y otros depósitos.