Novedades Legislativas

Presupuestos Generales de Murcia para 2020: ITP aplicable a vehículos, tasa fiscal sobre el juego y tasas regionales

Presupuestos Generales de Murcia. Ilustración en 3D de la radiografía de un coche

Medidas tributarias adoptadas en la Ley 1/2020 de Presupuestos Generales de la Región de Murcia para 2020.

En el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 25 de abril de 2020, se ha publicado la Ley 1/2020, de 23 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020. La elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2020 ha sido posible una vez que se han conocido las cifras de participación en los ingresos del Estado y demás ingresos del sistema de financiación autonómica, que le corresponden a nuestra Comunidad Autónoma, así como el objetivo de déficit para 2020.

Gipuzkoa aprueba un nuevo reglamento de gestión tributaria y modifica los reglamentos de inspección, IRPF e IS

Gipuzkoa aprueba un nuevo reglamento de gestión tributaria. Imagen de la bandera de Gipuzkoa

Gipuzkoa aprueba un nuevo reglamento de gestión tributaria, en el que se integran las normas comunes sobre las actuaciones y los procedimientos tributarios y la regulación de las actuaciones y los procedimientos de gestión, y modifica los reglamentos de inspección, IRPF e IS.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa se ha publicado hoy, 27 de abril de 2020 el DECRETO FORAL 5/2020, de 21 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de gestión tributaria y de desarrollo de las normas comunes sobre actuaciones y procedimientos tributarios del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Mediante esta norma se ultima el desarrollo reglamentario de la NORMA FORAL 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, completando el régimen jurídico tributario, con la aprobación de un reglamento que incluya las normas comunes sobre las actuaciones y los procedimientos tributarios y la regulación de las actuaciones y los procedimientos de gestión, además de la regulación de diversos aspectos sobre la atribución y ejercicio de funciones de gestión de los tributos, sobre la información y asistencia a los obligados tributarios o sobre la colaboración social en la gestión tributaria, entre otros.

Más medidas tributarias aprobadas en Gipuzkoa para hacer frente al coronavirus (COVID-19): incentivos fiscales al mecenazgo a las donaciones a Osakidetza y representación de las personas jurídicas

Medidas tributarias en Gipuzkoa. Mascarilla quirúrgica junto a billetes y monedas de euro

Gipuzkoa declara que serán de aplicación las deducciones en IRPF, IS e IRNR establecidas en la norma foral de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al mecenazgo a las donaciones efectuadas en favor, de la entidad Osakidetza para hacer frente al coronavirus, y se extiende a las personas jurídicas el sistema extraordinario aprobado para inscribir nuevas representaciones en el censo de representación en materia tributaria del Departamento de Hacienda y Finanzas.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa se han publicado hoy, 27 de abril de 2020 la ORDEN FORAL 162/2020 de 22 de abril por la que la que se aprueba la interpretación aplicable al tratamiento tributario de los donativos y donaciones realizadas a favor de Osakidetza para colaborar en la lucha contra el Covid-19 y la ORDEN FORAL 163/2020 de 22 de abril, por la que se modifica la ORDEN FORAL 137/2020 de 3 de abril, por la que se regula un sistema extraordinario que permita a las personas físicas inscribir nuevas representaciones en el censo de representación en materia tributaria del Departamento de Hacienda y Finanzas, durante el periodo de tiempo en el que se mantenga la situación excepcional generada por el Covid-19., con el fin de permitir su aplicación a las personas jurídicas con obligación de presentar el Impuesto sobre Sociedades.

Mediante la primera de ellas, se aclara que los donativos, donaciones, aportaciones y prestaciones gratuitas de servicios realizadas para colaborar en la lucha contra el Covid-19, en favor, de la entidad Osakidetza, gozarán de los mismos incentivos fiscales que las donaciones realizadas en favor, entre otros, de la Diputación Foral de Gipuzkoa, de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco o de las entidades locales del Territorio Histórico de Gipuzkoa, darán derecho a la práctica de las deducciones en el IRPF, IS e IRNR, contempladas en los artículos 21 y siguientes de la citada NORMA FORAL 3/2004, de 7 de abril, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Cambios en el pago de deudas con tarjetas de crédito y de débito, mediante el sistema de firma no avanzada con clave PIN

Sistema Cl@vePIN. Mano de un hombre pagando con tarjeta en un dispositivo

Se adelanta a 1 de junio de 2020 -en lugar del 15 de junio de 2020- la posibilidad del pago de deudas con tarjetas de crédito y de débito, mediante el sistema de firma no avanzada con clave PIN

Como reseñábamos hace unos días, en el BOE del pasado 19 de marzo de 2020, se publicó la Resolución de 11 de marzo de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras, con ocasión del pago de deudas con tarjetas de crédito y de débito, mediante el sistema de firma no avanzada con clave de acceso en un registro previo (sistema Cl@VE PIN), la cual extendía el sistema de identificación y autenticación electrónica basado en la utilización de un código de usuario y una contraseña facilitadas al obligado por la AEAT a aquellos pagos que se realicen con tarjetas de crédito o de débito, mediante el sistema de firma electrónica no avanzada y era aplicable a los pagos que se realizasen a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a partir del 15 de junio de 2020.

Madrid amplía en un mes adicional los plazos de presentación de tributos

Nueva prórroga en los plazos de presentación de tributos en Madrid. Imagen de empresario sobre escalera con binoculares

La Comunidad de Madrid se ve obligada a adoptar otra prórroga en los plazos dada la situación del Covid-19.

En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el día 24 de abril se ha publicado la Resolución de 21 de abril de 2020, del Director General de Tributos, por la que se prorroga la ampliación de plazo establecida por la Orden de 26 de marzo de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se amplían los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid, con motivo de la prórroga del estado de alarma.

Canarias establece el tipo 0 en el material sanitario

Material para covid19, Canarias. Imagen de almacén con un trabajdor protegido para covid 19 y subido en una escalera

El Boletín Oficial de Canarias ha publicado el Decreto-Ley 8/2020, de 23 de abril por el que se establece el tipo cero del IGIC en la importación o entrega de determinados bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19.

Del mismo modo que el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril estableció el tipo cero en el IVA, la Comunidad Autónoma de Canarias ha aprobado mediante el presente Decreto-ley la aplicación del tipo cero del IGIC al material hospitalario, con carácter temporal, liberándolo así de su carga fiscal.

Bizkaia pospone el plazo de solicitud de devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos hasta el 30 de octubre de 2020 a causa del COVID-19

Bizkaia pospone el plazo de solicitud de devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos para agricultores y ganaderos. Imagen de fondo de bolsa de vela

Bizkaia pospone excepcionalmente para este año el plazo de presentación de la solicitud de devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por las y los agricultores y ganaderos por las adquisiciones de gasóleo al periodo comprendido entre el 14 de septiembre y el 30 de octubre de 2020, ante la situación de confinamiento actual derivada del brote de COVID-19.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 23 de abril de 2020, aparece publicada la ORDEN FORAL 810/2020, de 21 de abril, del diputado foral de Hacienda y Finanzas por la que se modifica el plazo de presentación de la solicitud de devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por las y los agricultores y ganaderos por las adquisiciones de gasóleo para 2020, extendiéndolo hasta el 30 de octubre de 2020.

El DECRETO FORAL NORMATIVO 1/2020, de 17 de marzo, de medidas tributarias urgentes derivadas del COVID-19, el cual tiene por objeto el establecimiento de medidas tributarias dirigidas a dar respuesta al impacto económico negativo que está produciendo la Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional generada por el coronavirus COVID-19, especialmente en lo que a las Pymes y a las personas autónomas se refiere, y a garantizar los derechos de los y las contribuyentes en esta situación emergencia en la que nos encontramos. Entre dichas medidas, se encuentra la extensión de los plazos de cumplimiento de ciertas obligaciones tributarias por parte de los y las contribuyentes. Las especialidades derivadas de las particulares características del colectivo al que afecta la devolución de las cuotas soportadas en la adquisición del gasóleo para uso agrícola y ganadero, junto con la incertidumbre sobre el momento en que la situación de confinamiento llegará a su fin, exige completar las medidas recogidas en el citado Decreto Foral Normativo, con el fin de adaptar las fechas de presentación de las solicitudes de devolución de las cuotas mencionadas a la situación de confinamiento actual derivada del brote de COVID-19.

Bizkaia modifica su normativa de IVA para adaptarla a la normativa del Estado y de la UE

Bizkaia, adaptación, IVA, estado, UE. Imagen de banderas de Euskadi

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 23 de abril de 2020 se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2020, de 21 de abril, por el que se modifica la Norma Foral 7/1994, de 9 de noviembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

En concreto se procede a adaptar la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido en el territorio de Bizkaia a las modificaciones introducidas en la normativa del territorio común del Estado por el REAL DECRETO-LEY 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales, ha supuesto la introducción de modificaciones en la normativa reguladora del IRNR, IVA e II.EE, así como se introduce la prórroga para el período impositivo 2020 de los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el IVA, conforme al REAL DECRETO-LEY 18/2019, de 28 de diciembre. Así estos límites en el año 2020 serán de 150.000 euros en el caso de la aplicación del régimen simplificado y 250.000 euros anuales, para las actividades agrícolas, forestales y ganaderas.

Cantabria facilita el aplazamiento y fraccionamiento de las deudas tributarias por el COVID-19

Intereses coronavirus en Cantabria. Figura de dos manos intercambiándose un reloj y un montón de monedas

El Boletín Oficial de Cantabria ha publicado la ORDEN HAC/13/2020, de 22 de abril por la que se adoptan medidas sobre determinados aspectos relativos a la gestión, liquidación y recaudación de los tributos gestionados por la Comunidad Autónoma.

Tomando como punto de partida los efectos negativos que la crisis sanitaria actual ha producido sobre la actividad productiva y la demanda, se ha hecho necesario adoptar diversas medidas en el ámbito local, autonómico, estatal e incluso europeo. En concreto, la citada Orden tiene por objeto adoptar medidas complementarias a las establecidas en la Orden HAC/10/2020, de 25 de marzo, regulando entre otras cuestiones la inexigibilidad de intereses moratorios, ampliación de plazos y exenciones de garantías.

Medidas fiscales dirigidas a mejorar el tratamiento de determinadas obligaciones con motivo del estado de alarma

Real Decreto-ley 15/2020: medidas fiscales. Imagen de propietario en un café vacío

Novedades tributarias en el IVA, IRPF, IS, procedimientos tributarios y en el ámbito portuario, destacando de todas ellas, por nuestra actividad Editorial, la reducción al 4% del tipo impositivo de los libros, revistas y periódicos electrónicos.

El Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril (BOE de 22 de abril y en vigor, salvo alguna excepción, el 23 de abril), de medidas urgentes complementarias para apoyar a la economía y el empleo (RDL 15/2020), contiene una serie de medidas que refuerzan la financiación de las empresas, ofrecen apoyo en el ámbito fiscal, facilitan el ajuste de la economía, y protegen el empleo y a los ciudadanos.

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