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La Comisión presenta la estrategia de cara a la Unión Aduanera de la UE

La Comisión presenta la estrategia de cara a la Unión Aduanera de la UE

La Comisión Europea ha adoptado el 21 de diciembre de 2016 su plan a largo plazo para dar un nuevo impulso a la gestión de la Unión Aduanera, un pilar fundamental de la Unión Europea que apoya y protege el mercado único.

El papel de las autoridades aduaneras para garantizar nuestra seguridad y protección en la UE es cada vez mayor. Un sistema sólido y bien gestionado contribuye a proteger a la población contra el terrorismo y las amenazas al medio ambiente y la salud, al tiempo que fomenta y desarrolla empresas competitivas. La Comunicación  presenta una visión estratégica de la Unión Aduanera en torno a una mayor cooperación entre las autoridades nacionales a fin de afrontar los desafíos de este siglo.

Gordo de navidad 2016: La Agencia Tributaria nos recuerda nuestras obligaciones en caso de resultar premiados

Gordo de navidad 2016: La Agencia Tributaria nos recuerda nuestras obligaciones en caso de resultar premiados

La Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, somete a tributación, a través de un gravamen especial, entre otros los premios pagados correspondientes a las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).

La referida norma establece que los perceptores de estos premios, cualquiera que sea su naturaleza, en el momento del cobro, soportaran una retención o ingreso a cuenta que debe practicarles el organismo pagador del premio, es decir, la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado.

Efectos del Real Decreto-ley 3/2016 en el cálculo del tercer pago fraccionado de 2016 del Impuesto sobre Sociedades

Nuevas validaciones de la Casilla 44 del DUA de Importación

El día 3 de diciembre de 2016 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social. En este Real Decreto-ley se aprobaron algunas medidas tributarias, como es el caso de la modificación en la limitación de compensación de bases imponibles negativas, que deberían tenerse en cuenta para el cálculo de los pagos fraccionados determinados de acuerdo con el artículo 40.3 LIS, si bien aunque estas medidas tienen efecto para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2016, de acuerdo con la Disposición Final Tercera, este Real Decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOE, excepto el artículo 6 que lo hará el día 1 de enero de 2017 en el que se modifica la Ley 58/2003 General Tributaria.

La armonización fiscal de la Unión Europea: utopía u objetivo alcanzable

La armonización fiscal de la Unión Europea: utopía u objetivo alcanzable

El sistema tributario de la Unión Europea y su reflejo en los ordenamientos jurídicos de los 28 estados que la integran es de todo menos armonizado, de tal manera que los estados miembros compiten por atraer capitales y empresas de otros estados, utilizando la fiscalidad como arma.

En determinadas figuras tributarias, como el impuesto sobre sociedades, la diferencia impositiva para una sociedad puede ser tan grande que países como Irlanda, con un tipo del 12,5%, se podrían considerar casi un paraíso fiscal, frente a países como Francia, donde una empresa paga un impuesto sobre sociedades del 38%.

Beneficios fiscales para determinadas provincias afectadas por inundaciones y pedrisco

Beneficios fiscales para determinadas provincias afectadas por inundaciones y pedrisco

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se declaran determinadas provincias "zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil", como consecuencia de inundaciones y pedrisco, y se adoptan medidas para reparar los daños causados

Novedades introducidas por el Real Decreto-Ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social

Novedades introducidas por el RD-LEY 3/2016 de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social

La Agencia Tributaria ha publicado las principales novedades introducidas por el RD-Ley 3/2016 de 2 de diciembre.
En materia del Impuesto sobre Sociedades destacan:

  • En primer lugar se introduce una nueva disposición adicional en la Ley IS (decimoquinta) que establece una limitación a la compensación de bases imponibles negativas y una limitación a la aplicación de deducciones por doble imposición generadas o pendientes de compensar.
  • Se modifica la disposición transitoria decimosexta de la Ley IS relativo a la reversión de las pérdidas por deterioro por el que los deterioros que resultaron deducibles en periodos impositivos anteriores a 2013 y que a partir de esa fecha no lo son, deben ser objeto de reversión por un importe mínimo anual, de forma lineal durante 5 años.
  • También se establece para periodos iniciados a partir de 1 de enero de 2017, la no deducibilidad de las pérdidas realizadas en la transmisión de participaciones en entidades siempre que se trate de participaciones que hubieran tenido derecho a exención en el caso de obtener rentas positivas, tanto en dividendos como en plusvalías.
  • Respecto del Régimen fiscal sobre cooperativas se fijan límites a la compensación de cuotas tributarias negativas para los periodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2016
  • En relación con las SOCIMI y para los periodos que se inicien a partir de 1 de enero de 2017, cuando el transmitente o perceptor sea un contribuyente del IS o del IRNR, no será de aplicación la exención del artículo 21 de la Ley IS en relación a las rentas positivas obtenidas.

Principales novedades introducidas por el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del IVA y otras normas tributarias

Principales novedades introducidas por el RD 596/2016 de 2 de diciembre para la modernización e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del IVA y otras normas tributarias

La Agencia Tributaria ha publicado un documento en el que se analizan las principales novedades introducidas por el RD 596/2016 de 2 de diciembre. Destaca especialmente el apartado sobre el «suministro de información inmediata» en el que se hace mención al nuevo sistema de llevanza de los libros registro a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria para acercar el momento de registro o contabilización de las facturas al de la realización efectiva de la operación.

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