Novedades Legislativas

Bizkaia modifica el Reglamento de gestión de los tributos en materia de Administración Electrónica, posponiendo la digitalización completa al 1 de agosto de 2021

Bizkaia, gestión, tributos, Administración electrónica, medios telemáticos. Imagen sobre concepto de tecnología científica

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 26 de noviembre de 2020, se ha publicado el DECRETO FORAL 100/2020, de 24 de noviembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento de gestión de los tributos del Territorio Histórico de Bizkaia, en materia de Administración Electrónica.

Los avances de la Administración tributaria de Bizkaia en una clara apuesta por la progresiva utilización de medios informáticos, electrónicos y telemáticos en el ámbito de la asistencia a las y los obligados tributarios han sido notables. El más reciente y uno de los más novedosos ha supuesto la incorporación con carácter permanente a las previsiones contenidas en la Norma Foral General Tributaria de mecanismos de desarrollo de determinadas actuaciones tributarias de forma no presencial, mediante videoconferencia o por vía telemática. La pretensión de la Hacienda Foral de avanzar hacia una Administración tributaria eminentemente electrónica se ha visto afectada de forma decisiva por la situación de emergencia sanitaria provocada por la COVID-19, lo que ha originado, también en este ámbito, importantes retrasos en la conclusión de los procesos de adaptación necesarios para hacer efectiva la migración completa, posponiéndose la misma al 1 de agosto de 2021. A partir de dicha fecha se prevé que la Hacienda Foral de Bizkaia asista al contribuyente preferentemente utilizando medios telemáticos y mediante Orden Foral del diputado o diputada foral de Hacienda y Finanzas se determinará, en función de los medios disponibles y del estado de la tecnología aplicable, el alcance de esa asistencia, e incluso se podrá determinar el personal que pueda llevarla a cabo y en materia de representación y tras la entrada en vigor del registro electrónico de apoderamientos, se ha procedido a regular de forma exhaustiva para el ámbito tributario las facultades con las que el representante puede actuar en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

Bonificación del 100% en la cuota de ITP en Cataluña para las concesiones administrativas de uso de dominio público como terrazas

Cataluña: bonificación del 100% en la cuota de ITP en concesiones administrativas. Imagen de típico restaurante en terraza en Barcelona

Concesiones administrativas que otorgan el aprovechamiento privativo del dominio público para su uso como terraza por parte de establecimientos de hostelería y restauración.

En el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña del día 26 de noviembre de 2020, se ha publicado el Decreto ley 46/2020, de 24 de noviembre, de medidas urgentes de carácter administrativo, tributario y de control financiero.

Mediante el mismo se aprueba una medida tributaria en el ámbito del Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, una medida de apoyo al sector de la hostelería y de la restauración.

Cambios en la regulación de los Libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT

Libros registro del IVA. Biblioteca digital en la pantalla de un portátil

Se adaptan la llevanza de los Libros registro al RDL 3/2020 para recoger la especialidad de la venta de bienes en consigna y se introducen mejoras técnicas.

En el BOE del 24 de noviembre de 2020 y en vigor el 1 de enero de 2021, se ha publicado la Orden HAC/1089/2020, de 27 de octubre, que modifica la Orden HFP/417/2017, de 12 de mayo, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los Libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria establecida en el artículo 62.6 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, para adaptar el contenido y diseños de los Libros registro llevados a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a los cambios normativos introducidos por el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, y también para introducir mejoras de carácter técnico en las especificaciones normativas y técnicas.

RDL 34/2020, de 17 de noviembre: reducciones en tipos impositivos de IVA y modificaciones en IS en deducciones y en los incentivos fiscales al sector del automóvil

Análisis de las medidas fiscales relativas (IS e IVA). Imagen mascarilla, palomitas de maíz, racleta de cine y mando a distancia

Reducciones del tipo impositivo del IVA en mascarillas y en la entrega de material sanitario, modificaciones en el IS (deducción por inversiones en producciones extranjeras de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales y cambios en los incentivos fiscales al sector del automóvil) y exenciones de la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de actos jurídicos documentados del ITP y AJD a la formalización en escritura pública de la extensión de los plazos de vencimiento y carencia de los créditos del ICO.

El Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre (publicado en el BOE de 18 de noviembre y en vigor el 19 de noviembre, excepto en lo relativo al IVA a tipo cero en la entrega de material sanitario para combatir la COVID-19), de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria aprueba las siguientes medidas:

COVID-19: Gipuzkoa aumenta para el ejercicio 2020 el límite máximo de endeudamiento a largo plazo

COVID-19: Gipuzkoa aumenta para el ejercicio 2020 el límite máximo de endeudamiento a largo plazo. Figura recibiendo bolsa de dienero y gráfica de curva de coronavirus

El impacto económico del Covid-19 en el Territorio ha conllevado la consiguiente caída de los recursos disponibles para la ejecución de las políticas forales, por lo que es necesario aumentar el límite de endeudamiento en 85.000.000 de euros para 2020.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 18 de noviembre de 2020 se ha publicado el DECRETO FORAL-NORMA 10/2020, de 17 de noviembre, por el que se aumenta para el ejercicio 2020 el límite máximo de endeudamiento a largo plazo.

Canarias generaliza el tipo 0 en la adquisición de mascarillas

Tipo cero mascarillas. Imagen de mascarillas

El Boletín oficial de Canarias ha publicado el Decreto-Ley 19/2020, de 12 de noviembre por el que se establece el tipo 0 del IGIC a la importación o entrega de mascarillas y productos de diagnóstico in vitro de la COVID-19.

Si bien la semana anterior el gobierno autonómico había establecido el tipo cero para la adquisición de material hospitalario por entidades de Derecho Público, clínicas, centros hospitalarios o centros privados de carácter social, con la aprobación de la presente norma se generaliza el tipo cero para la adquisición de mascarillas y pruebas de diagnóstico con independencia de la condición del adquirente o importador y de la fase de producción o comercialización en la que se enmarca la operación de entrega.

Método de estimación objetiva del IRPF y régimen simplificado del IVA para 2021

Proyecto de Orden de estimación objetiva del IRPF y régimen simplificado del IVA para 2021. Imagen de un bar

Se ha publicado Proyecto de Orden por la que se desarrollan para el año 2021 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA

La presente Orden mantiene la estructura de la Orden HAC/1164/2019, de 22 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2020 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

En relación con el IRPF:

  • Se mantienen para el ejercicio 2021 la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación.
  • Se mantiene la reducción del 5 por ciento sobre el rendimiento neto de módulos derivada de los acuerdos alcanzados en la Mesa del Trabajo Autónomo.

Gipuzkoa avanza en la lucha contra el fraude mediante la implantación del sistema TicketBAI desde el 1 de enero de 2022, para el control de la tributación en el IRPF, IS e IRNR

Gipuzkoa implantará en 2022 el sistema TicketBAI. Dibujo de una mano intentado coger un fajo de billetes que está dentro de una trampa

El sistemaTicketBAI, que se implantará de forma obligatoria el 1 de enero de 2022, es el nuevo sistema informático generalizado que garantiza la integridad, conservación, trazabilidad, inviolabilidad y remisión de los ficheros que documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios, para el control de la tributación de todas las personas físicas que desarrollan actividades económicas (IRPF) y de las personas jurídicas (IS e IRNR).

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 12 de noviembre de 2020 se ha publicado el NORMA 3/2020, de 6 de noviembrepor la que se establece la obligación de utilizar herramientas tecnológicas para evitar el fraude fiscal.

Mediante esta norma foral se realiza un avance cualitativo en Gipuzkoa en la implementación de la citada estrategia de control de la tributación de todas las personas físicas que desarrollan actividades económicas y de las personas jurídicas, con independencia de su tamaño o volumen de operaciones, mediante la obligatoriedad del uso de medidas tecnológicas avanzadas por parte de los contribuyentes a través de nuevos instrumentos tecnológicos en los sistemas de facturación, lo que viene a denominarse sistemaTicketBAI, nuevo sistema informático que garantice la integridad, conservación, trazabilidad, inviolabilidad y remisión de los ficheros que documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios, que abordan conjuntamente las Administraciones tributarias de Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa con la colaboración del Gobierno Vasco.

La nueva obligación TicketBAI se configura y establece de manera idéntica en las Normas Forales del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, siendo también de aplicación por remisión a los establecimientos permanentes que tributan por el Impuesto sobre la renta de no residentes.

COVID-19: Se declaran suspendidas las reglas fiscales de las entidades locales de Gipuzkoa con efectos exclusivos para 2020 y 2021

COVID-19: Gipuzkoa suspende las reglas fiscales de las entidades para 2020 y 2021. Imagen de hucha cerdito con mascarilla y monedas

Con carácter extraordinario y efectos exclusivos para 2020 y 2021, se declaran suspendidas las reglas fiscales de las entidades locales de Gipuzkoa.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy , 12 de noviembre de 2020 se ha publicado el DECRETO FORAL-NORMA 9/2020, de 10 de noviembre, de medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, aplicables a las entidades locales de Gipuzkoa.

En el contexto de crisis económica y sanitaria ocasionado por el COVID-19, mediante acuerdo de la Comisión Mixta del Concierto Económico de 30 de septiembre de 2020, la Administración del Estado y el País Vasco han acordado los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera para el periodo 2020-2021, estableciendo objetivos específicos de déficit y deuda pública para el Gobierno Vasco y objetivos de déficit conjuntos en el caso de las Diputaciones Forales. La asignación de dichos objetivos de déficit a las diputaciones forales se justifica en que el modelo interno de distribución de recursos del Concierto Económico se caracteriza por el principio de riesgo compartido, principio que también rige en la participación de los ayuntamientos en los tributos concertados, dado que los ayuntamientos también participan de las ganancias o pérdidas producidas en los recursos del Concierto Económico.

Debe tenerse en cuenta, además, que el Gobierno de España ha decidido suspender de forma extraordinaria las reglas fiscales para los años 2020 y 2021, en línea con la activación por parte de la Comisión Europea de la cláusula general de salvaguarda del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, con el objetivo de dotar a las administraciones públicas de la flexibilidad necesaria para luchar contra la pandemia del Covid-19.

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