Gipuzkoa culmina con la incorporación del Impuesto Complementario mediante la aprobación de la Norma Foral 3/2025, de 24 de noviembre
Enviado por Editorial el Vie, 28/11/2025 - 14:25Se formaliza mediante la Norma Foral 3/2025 la implantación del Impuesto Complementario, completando la transposición de la directiva europea que garantiza una tributación mínima global del 15% para los grupos multinacionales y nacionales de gran magnitud.
El 28 de noviembre de 2025, se ha publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, la Norma Foral 3/2025, de 24 de noviembre, del Impuesto Complementario del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
La Directiva (UE) 2022/2523 del Consejo, de 15 de diciembre de 2022, relativa a la garantía de un nivel mínimo global de imposición para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud en la Unión, ha supuesto la incorporación de un impuesto complementario mediante dos reglas interconectadas, en virtud de las cuales se garantiza que las rentas obtenidas por los grupos nacionales de gran magnitud situados en Estados miembros de la Unión Europea, o por los grupos multinacionales cuya matriz esté situada en un Estado miembro de la Unión Europea tributen efectivamente a un tipo mínimo global del 15 por 100.
Así, cuando el tipo impositivo efectivo de las entidades constitutivas de los grupos nacionales de gran magnitud o grupos multinacionales, en una jurisdicción determinada, sea inferior al 15 por 100, se recaudará un impuesto adicional, el impuesto complementario, que permita alcanzar el tipo mínimo global del 15 por 100, ya sea a través de la regla de inclusión de rentas o, en su defecto, de la regla de beneficios insuficientemente gravados.














