La Unión Europea ahora adapta las normas aduaneras como consecuencia de la eliminación de la franquicia para envíos de hasta 150 euros
Enviado por Editorial el Lun, 08/06/2026 - 15:36Estas modificaciones se deben a la supresión de la franquicia de derechos de aduana (envíos de valor intrínseco igual o inferior a 150 euros) y de la introducción del derecho de aduana temporal de 3 EUR, para garantizar el despacho a libre práctica de mercancías suministradas en una venta a distancia.
El 8 de junio de 2026, se ha publicado en el DOUE el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1200 de la Comisión de 5 de junio de 2026 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 en lo que respecta a las normas de aplicación del derecho de aduana temporal de 3 EUR sobre las ventas a distancia de bienes importados en un envío cuyo valor intrínseco no supere los 150 EUR.
A la luz de la supresión de la franquicia de derechos de aduana (envíos de valor intrínseco igual o inferior a 150 euros) y de la introducción del derecho de aduana temporal de 3 EUR mediante el Reglamento (UE) 2026/382 del Consejo, es necesario modificar ahora varios artículos del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 a fin de prever el uso de garantías globales para el despacho a libre práctica de mercancías suministradas en una venta a distancia en el marco del régimen especial establecido en el título XII, capítulo 6, sección 4, de la Directiva 2006/112/CE (4) del Consejo para su importación desde terceros países o terceros territorios en el territorio aduanero de la Unión por una persona autorizada a utilizar dicho régimen especial y para mercancías en envíos postales.













