El Tribunal Supremo flexibiliza la exigencia formal de ampliación del recurso contencioso-administrativo cuando la demanda solicita la anulación de dos resoluciones administrativas conexas
Enviado por Editorial el Vie, 23/10/2026 - 13:27El Tribunal Supremo admite excepcionalmente la incorporación de una resolución administrativa posterior al recurso contencioso-administrativo sin necesidad de solicitar formalmente su ampliación cuando existe una conexión directa entre ambos actos, la demanda impugna expresamente las dos resoluciones y las circunstancias del procedimiento permiten descartar la indefensión de la Administración.
El Tribunal Supremo en la sentencia nº 1138/2026, de 13 de octubre de 2026, con nº recurso 9036/2023 examina si, en determinadas circunstancias, es necesario solicitar expresamente la ampliación del recurso contencioso-administrativo prevista en el art. 36 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA) para impugnar un acto administrativo dictado de forma extemporánea, o si puede entenderse que dicha ampliación ha sido solicitada cuando el demandante incluye en la demanda la petición de anulación tanto de ese acto como del inicialmente identificado en el escrito de interposición. La controversia se origina en un procedimiento relativo al IRPF del ejercicio 2016, en el que el contribuyente impugnó una liquidación tributaria y la providencia de apremio derivada de su falta de pago. Ambas pretensiones se formularon en una misma reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Madrid, pero fueron tramitadas separadamente y dieron lugar a dos resoluciones distintas.













