Se prorroga un año más la deducción por adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible y puntos de recarga en el IRPF
Enviado por Editorial el Vie, 04/04/2025 - 11:22Se prorrogan un año más la deducción por adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible y puntos de recarga, de forma que se aplique a las adquisiciones, cantidades entregadas a cuenta o instalaciones efectuadas durante el año 2025.
En el BOE de 1 de abril de 2025 se publicó el REAL DECRETO-LEY 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025en el que se prorrogan un año más la deducción por adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible y puntos de recarga, de forma que se aplique a las adquisiciones, cantidades entregadas a cuenta o instalaciones efectuadas durante el año 2025.