Plantilla común y formatos electrónicos del informe relativo al Impuesto sobre Sociedades de los periodos a partir del 1 de enero de 2025 para empresas con ingresos superiores a 750 000 000 EUR conforme a la Directiva 2013/34/UE
Enviado por Editorial el Lun, 02/12/2024 - 10:55Plantilla común y los formatos electrónicos de presentación de informes a efectos de la aplicación de la Directiva 2013/34/UE relativos al Impuesto sobre Sociedades sobre los ejercicios que deben presentar las empresas respecto al último de los dos ejercicios consecutivos en los que los ingresos consolidados en la fecha de cierre del balance hayan superado un total de 750. 000.000 EUR, cuando dicho ejercicio comience a partir del 1 de enero de 2025.
En el Diario Oficial de la Unión Europea de hoy, 2 de diciembre de 2024, se ha publicado el REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2952, DE LA COMISIÓN, de 29 de noviembre, por el que se establece una plantilla común y los formatos electrónicos de presentación de información a efectos de la aplicación de la Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la información que debe presentarse en los informes relativos al impuesto sobre sociedades y que se aplicará a los informes relativos al impuesto sobre sociedades correspondientes a los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2025.
La Directiva 2013/34/UE, establece que los Estados miembros deben exigir a las empresas que elaboren, publiquen y hagan accesible un informe sobre el impuesto sobre sociedades relativo al último de los dos ejercicios consecutivos en los que los ingresos consolidados en la fecha de cierre del balance hayan superado un total de 750 000 000 EUR. A fin de garantizar que estos informes sean comparables, la Comisión debe establecer en el presente Reglamento una plantilla común y formatos electrónicos de presentación de información, que deben ser de lectura automática.
Las plantillas y los formatos electrónicos de presentación de información deben ser aplicables también en los casos en que una empresa utilice un sustituto al amparo del Derecho de un Estado miembro para publicar y hacer accesible su informe relativo al impuesto sobre sociedades.