La UE aprueba un reglamento con las disposiciones técnicas para los sistemas electrónicos de intercambio y almacenamiento de información aduanera

Sistemas electrónicos de intercambio y almacenamiento de información aduanera. Empresario tocando tableta para analizar stock en puerto logístico y mapa del mundo con distribución de red logística

Se especifican las disposiciones técnicas para el funcionamiento de los sistemas electrónicos, así como se contienen otras disposiciones en materia de protección, actualización y limitación del tratamiento de datos, propiedad y seguridad de los sistemas electrónicos mediante los cuales debe efectuarse el intercambio y almacenamiento de información en materia aduanera.

En el DOUE de hoy, 20 de marzo de 2025, se ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/512, de la Comisión de 13 de marzo de 2025 por el que se establecen las disposiciones técnicas para el desarrollo, el mantenimiento y la utilización de los sistemas electrónicos destinados al intercambio y al almacenamiento de información con arreglo al Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.

El Código Aduanero de la Unión establece que todo intercambio de información, como declaraciones, solicitudes o decisiones, entre las autoridades aduaneras y entre estas y los operadores económicos, así como el almacenamiento de esa información, según sea necesario con arreglo a la legislación aduanera de la Unión, deben efectuarse mediante técnicas de tratamiento electrónico de datos. A través de esta norma se especifican las disposiciones técnicas para el funcionamiento de los sistemas electrónicos, como en lo referente a su desarrollo, prueba e implantación, así como para el mantenimiento de dichos sistemas y las modificaciones que hayan de realizarse en ellos, así como se contienen otras disposiciones en materia de protección, actualización y limitación del tratamiento de datos, así como en lo referente a la propiedad y seguridad de los sistemas.

Mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2879 se estableció el programa de trabajo relativo al desarrollo y a la implantación de los sistemas electrónicos previstos en el código aduanero de la Unión:

  • Sistema de Registro de Exportadores (REX) en el ámbito del CAU
  • Información Arancelaria Vinculante (IAV) en el ámbito del CAU
  • Decisiones Aduaneras en el ámbito del CAU
  • Acceso directo de los operadores económicos a los Sistemas Europeos de Información (Gestión Uniforme de Usuarios y Firma Digital)
  • Mejora del sistema de Operadores Económicos Autorizados (AEO) en el ámbito del CAU
  • Mejora del Sistema de Registro e Identificación de Operadores Económicos (EORI 2) en el ámbito del CAU
  • Vigilancia 3 en ámbito del CAU
  • Prueba del Estatuto de la Unión (PEU) en el ámbito del CAU
  • Mejora del Nuevo Sistema de Tránsito Informatizado (NCTS) en el ámbito del CAU
  • Sistema Automatizado de Exportación (AES) en el ámbito del CAU
  • Fichas de información (INF) para los Regímenes Especiales en el ámbito del CAU
  • Regímenes Especiales en el ámbito del CAU
  • Notificación de la llegada, notificación de la presentación y depósito temporal en el ámbito del CAU
  • Mejora de los Sistemas Nacionales de Importación en el ámbito del CAU
  • Despacho Centralizado de las Importaciones (CCI) en el ámbito del CAU
  • Gestión de las garantías (GUM) en el ámbito del CAU
  • Sistema de Control de la Importación 2 (ICS2) en el ámbito del CAU