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Se prevén modificaciones en la Orden HAC/559/2021 y la Orden HAC/481/2019: exenciones en impuestos especiales en relación con el abastecimiento de buques y cruceros con alcohol y tabaco

Se prevén modificaciones en la Orden HAC/559/2021 y la Orden HAC/481/2019. Imagen de unas copas de limonada en una mesa de un barco en alta mar

El artículo 132 del Reglamento (CE) nº 1186/2009 del Consejo establece disposiciones específicas en materia aduanera para el aprovisionamiento de buques, aeronaves y trenes internacionales. En España, además de las normas europeas, se aplican disposiciones nacionales, como las establecidas en la Ley 16/2013 y la Ley Orgánica 9/2013, que regulan la exención de derechos de importación en Canarias para productos destinados a buques y aeronaves.
La Directiva (UE) 2020/262 permite a los Estados miembros eximir de impuestos especiales a productos entregados en tiendas libres de impuestos para viajeros hacia terceros países. Esta directiva también establece medidas para prevenir fraudes. En España, la Ley 38/1992 exime de impuestos especiales ciertos productos avituallados a aeronaves y buques que realicen navegación internacional, con excepción de la aviación privada de recreo y ciertas restricciones relacionadas con el consumo de tabaco a bordo de aeronaves.

La normativa establece procedimientos para acreditar la exención de impuestos y regula las condiciones y cantidades de productos que pueden ser avituallados sin impuestos. La Orden HAC/559/2021 actualiza la regulación en este ámbito y aborda las dificultades aplicativas en el sector de cruceros turísticos. Además, se requiere la coordinación entre autorizaciones aduaneras y documentos electrónicos para el control de estos movimientos.

Se publica Proyecto de Orden que prevé importantes modificaciones en el modelo 190

Proyecto de Orden que afecta al modelo 190. Imagen de reloj de arena con el símbolo del euro

Este Proyecto de Orden modifica la Orden EHA/3127/2009 por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.

La orden ministerial que se describe introduce varias modificaciones destacadas en la Orden EHA/3127/2009, la cual regula el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esta modificación tiene como objetivo actualizar y adaptar este modelo para facilitar la presentación de las declaraciones fiscales y mejorar la asistencia a los contribuyentes.

Numerosos modelos de declaración informativa afectados por un nuevo Proyecto de Orden

Numerosos modelos de declaración informativa afectados por un nuevo Proyecto de Orden. Imagen de un hombre de negocios trabajando en la oficina

El presente proyecto de orden contiene modificaciones normativas destinadas a actualizar las obligaciones informativas que afecta a los siguientes modelos: 194, 346, 192, 198, 182, 193, 289, 345, 721, 172 y 173.

Este Proyecto de Orden recoge una serie de modificaciones normativas introducidas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), enfocadas en mejorar la calidad de la información fiscal derivada del cumplimiento de obligaciones informativas. Estas actualizaciones se realizan de manera integrada, facilitando el conocimiento de las mismas por parte de los contribuyentes. Las principales modificaciones que se detallan en esta normativa afectan a varios modelos de declaración fiscal.

Proyecto de orden: modificaciones sufridas hasta hora por el modelo 560 del impuesto especial sobre la electricidad y reactivación del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica

Modificaciones sufridas hasta hora por el modelo 560 del impuesto especial sobre la electricidad y reactivación del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Imagen de una torre de alta tensión

Con este nuevo Proyecto de Orden se pretenden modificar la Orden HAC/172/2021, de 25 de febrero y la Orden HAP/2328/2014, de 11 de diciembre.

La Orden HAC/172/2021, de 25 de febrero, establece la estructura y el funcionamiento del censo de contribuyentes obligados por el Impuesto Especial sobre la Electricidad y aprueba el modelo 560, destinado a la autoliquidación de dicho impuesto. Este impuesto tiene una larga trayectoria desde su incorporación en el marco normativo español, pero ha sido objeto de varias modificaciones derivadas tanto de cambios legislativos como de situaciones coyunturales que han requerido su ajuste.

Anteproyecto de ley sobre las obligaciones de información de los proveedores de criptomonedas

Consejo de Ministros: obligaciones de información de los proveedores de criptomonedas. Imagen de símbolo del dólar en líneas virtuales conectadas y dinero digital sobre mapamundi

Mediante este anteproyecto se quiere proceder a la transposición de la Directiva europea 2011/16/UE, relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad.

El Consejo de Ministros ha aprobado en primera vuelta un anteproyecto de Ley para proceder a la transposición de la Directiva europea 2011/16/UE, relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad. Esta disposición comunitaria, más conocida como DAC8 y que ahora inicia su trámite de información pública, supondrá cambios normativos sobre las obligaciones tributarias relacionadas con el mercado de las criptomonedas. En concreto, permitirá la adaptación de las obligaciones informativas sobre criptomonedas situadas en el extranjero y sobre saldos en las mismas, en las que se sustituye el concepto de moneda virtual por el de criptoactivo. Al margen de las modificaciones anteriores, que afectan al ámbito de la asistencia mutua, en el anteproyecto de ley también se efectúan diversas modificaciones en la Ley General Tributaria (LGT) en materia recaudatoria.

Proyecto de orden que pretende modificar 3 órdenes relacionadas con la recaudación tributaria de la AEAT

Proyecto de orden que pretende modificar 3 órdenes relacionadas con la recaudación tributaria de la AEAT. Imagen virtual de una mano de un hombre en la que sale de ella simbolos en verde y rojo

Se pretenden modificar la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio y la Orden de 4 de junio de 1998.

El Proyecto de Orden tiene como objetivo modificar tres órdenes ministeriales para mejorar y actualizar el sistema de recaudación tributaria a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), garantizando una mayor seguridad en los pagos electrónicos, adaptando los procedimientos a nuevas normativas y eliminando elementos obsoletos. Las tres órdenes modificadas son:

1. Modificación de la Orden EHA/2027/2007:

Esta orden, que regula la colaboración de entidades de crédito en la gestión recaudatoria de la AEAT, se ajusta para adaptarse a los avances en pagos electrónicos. Las principales modificaciones incluyen:

Proyecto de orden por la que se modifica el modelo 322, correspondiente al régimen especial del grupo de entidades en el IVA, y el modelo 390

Proyecto de orden por la que se modifica el modelo 322, correspondiente al régimen especial del grupo de entidades en el IVA, y el modelo 390 del IVA. Primer plano de un hombre de negocios sentado en un escritorio concentrado en inspeccionar con fluidez el trabajo con su computadora portátil y varios documentos sobre la mesa en la oficina

El Ministerio de Hacienda ha publicado el Proyecto de Orden que modifica la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre y la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre.

Esta orden tiene por objeto introducir modificaciones de carácter técnico en el modelo 322 de autoliquidación mensual individual de grupo de entidades y en el modelo 390 de declaración-resumen anual del IVA.

El Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2024 la aplicación de tipos impositivos reducidos a determinadas entregas de alimentos.

Consecuencia de las modificaciones introducidas en materia de tipos impositivos, a partir de 1 de octubre coexistirán seis tipos impositivos y seis tipos de recargo de equivalencia mientras que el diseño del vigente modelo 322 solo permite la declaración de cinco tipos impositivos y cuatro tipos de recargo de equivalencia.

El Consejo de Ministros aprueba el Proyecto de Ley que establece el impuesto mínimo global del 15% en el IS para los grupos de empresas multinacionales y nacionales (Pilar 2 de BEPS)

Aprobado el Proyecto de Ley que establece el impuesto mínimo global del 15% en el IS para grupos multinacionales o nacionales (Pilar 2 de BEPS). Imagen de símbolos virtuales financieros

El Consejo de Ministros ha aprobado en segunda vuelta el Proyecto de Ley para transponer la Directiva europea (UE) 2022/2523 del Consejo, de 15 de diciembre de 2022, relativa a la garantía de un nivel mínimo global de imposición del 15% para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud en la Unión, siguiendo las recomendaciones del Pilar 2 del programa BEPS de la OCDE.

El Consejo de Ministros celebrado el día 4 de junio de 2024, aprueba el Proyecto de Ley para transponer la Directiva europea (UE) 2022/2523 del Consejo, de 15 de diciembre de 2022, relativa a la garantía de un nivel mínimo global de imposición del 15% para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud en la Unión, que será remitido a las Cortes Generales para su tramitación y posterior aprobación, siguiendo las recomendaciones del Pilar 2 del programa BEPS de la OCDE, una iniciativa que busca luchar contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios, a la que se han adherido los Estado miembros y que fue integrada en la Directiva mencionada.

Esta norma permitirá el establecimiento de un tipo mínimo global del 15% para grupos multinacionales o grupos nacionales de gran magnitud. En concreto, se aplicará a aquellos con un importe neto de su cifra de negocios consolidado igual o superior a 750 millones, de acuerdo con los estados financieros consolidados de la entidad matriz última en, al menos, dos de los últimos cuatro ejercicios inmediatamente anteriores.

Se prevén cambios en el modelo 303 para implementar la autoliquidación rectificativa regulada en el artículo 74 bis RIVA

Proyecto de Orden: modificaciones en el modelo 303. Imagen de la cabecera del modelo 303

La Ley 13/2023, de 24 de mayo, introdujo diversas modificaciones en la Ley General Tributaria, una de ellas consistió en el establecimiento de un sistema único para la corrección de las autoliquidaciones, regulando con esta finalidad la nueva figura de la autoliquidación rectificativa. Esta nueva figura sustituirá, en aquellos tributos en los que así se establezca, el actual sistema dual de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación.

El Real Decreto 117/2024, de 30 de enero, modificó los reglamentos del impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre sociedades, impuesto sobre el valor añadido, impuestos especiales y del impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero, para desarrollar esta nueva figura impositiva.

Concretamente, en materia de IVA, se introdujo en el reglamento del impuesto el artículo 74 bis (Autoliquidaciones rectificativas), entrando en vigor cuando lo haga la orden ministerial que apruebe el correspondiente modelo de declaración.

En la página del Ministerio de Hacienda se ha publicado el texto del Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación, …, para introducir en el modelo 303 los cambios necesarios para la implementación de la autoliquidación rectificativa regulada en el artículo 74 bis del reglamento.

Proyecto de Orden de módulos para el año 2024

IRPF e IVA: Proyecto de orden de módulos 2024. Imagen del interior de un pub

Se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha publicado el texto del Proyecto de Orden, por la que se desarrollan para el año 2024 el método de estimación objetiva del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el régimen especial simplificado del impuesto sobre el valor añadido.

El texto del Proyecto mantiene la estructura de la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2023 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

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