Aprobados los Modelos 573 (autoliquidación) y A24 (Devolución por envíos dentro de la UE) del Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos cuya entrada en vigor se retrasa nuevamente hasta el 1 de abril de 2025
Enviado por Editorial el Vie, 31/01/2025 - 08:43Este impuesto fue creado mediante la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, que establecía su entrada en vigor el 1 de enero de 2025. El RDLey 9/2024 retrasó su entrada en vigor hasta el 1 de abril de 2025, pero al haber quedado derogado mediante esta orden se retrasa nuevamente al 1 de abril de 2025 los efectos de aplicación del nuevo impuesto especial.
En el BOE de hoy, 31 de enero de 2025 se ha publicado la ORDEN HAC/86/2025, de 13 de enero, por la que se aprueba el modelo 573 «Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco. Autoliquidación» y el modelo A24 «Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco. Solicitud de devolución por envíos dentro de la Unión Europea», se determina la forma y el procedimiento para su presentación, y se regula la inscripción en el Registro territorial de los contribuyentes del artículo 64 quinquies de la Ley de Impuestos Especiales.
Este impuesto fue creado mediante la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias, con efectos desde el 1 de enero de 2025 un nuevo impuesto especial de fabricación aplicable en todo el territorio español, excepto en la Comunidad Autónoma de Canarias y las Ciudades de Ceuta, y de Melilla y que recae sobre el consumo de líquidos para cigarrillos electrónicos, bolsas de nicotina y otros productos de nicotina que no tengan la consideración de medicamentos.