Admitida a trámite la cuestión de inconstitucionalidad respecto al régimen de sanciones y de obligación de documentación en operaciones vinculadas
El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en auto de 8 de febrero de 2011, Rec. n.º 8/2009, en relación con los apartados 2 y 10 del art. 16 del RDLeg. 4/2004 (TR Ley IS), por posible vulneración del art. 25.1 de la Constitución, el cual dispone que “Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento”.
La cuestión básica radica en que la ley no ha fijado criterio alguno a efectos de determinar las infracciones, o para delimitar cuándo es incompleta o inexacta la documentación requerida. Por ello, al establecer un tipo infractor de carácter absolutamente abierto deja en manos del reglamento la delimitación de la infracción.