Bonificación del 100% en la cuota de ITP en Cataluña para las concesiones administrativas de uso de dominio público como terrazas
Concesiones administrativas que otorgan el aprovechamiento privativo del dominio público para su uso como terraza por parte de establecimientos de hostelería y restauración.
En el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña del día 26 de noviembre de 2020, se ha publicado el Decreto ley 46/2020, de 24 de noviembre, de medidas urgentes de carácter administrativo, tributario y de control financiero.
Mediante el mismo se aprueba una medida tributaria en el ámbito del Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, una medida de apoyo al sector de la hostelería y de la restauración.
En concreto, se establece una bonificación del 100% en la cuota tributaria del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, de las concesiones administrativas o actos administrativos equiparables que otorguen el aprovechamiento privativo del dominio público para su uso como terraza por parte de establecimientos de hostelería y restauración, devengadas entre el 1 de enero del 2020 y el 31 de diciembre de 2021. La misma bonificación resulta aplicable en las concesiones administrativas o actos administrativos equiparables sujetos al impuesto que autoricen la venta de mercancías y prestación de servicios mediante estructuras o puestos desmontables o vehículos tienda en el territorio de Cataluña, sector afectado también por la crisis derivada de la pandemia.
Esta norma entra en vigor el día 27 de noviembre.