Campaña Renta 2022: últimas resoluciones del TEAC y de la DGT que te interesa conocer
Cuestiones más interesantes planteadas a los órganos interpretativos de la Administración tributaria.
El día 11 de abril de 2023, da comienzo el plazo para presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2022. A continuación, les ofrecemos una recopilación de los últimos pronunciamientos administrativos (TEAC/DGT) más destacados en esta materia y que les recomendamos tengan presentes a la hora de comenzar a preparar la mencionada campaña.
Los títulos más destacados son los siguientes:
I. TEAC
La cuestión controvertida que el TEAC resuelve en recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio consiste en determinar si un contribuyente, titular de varios planes de pensiones, con aportaciones anteriores a 2007, puede beneficiarse, en más de un ejercicio fiscal, de la reducción prevista en el art. 17.2.b) del RDLeg. 3/2004 (TR Ley IRPF), por aplicación del régimen transitorio previsto en la Disp. Transitoria Duodécima de la Ley 35/2006 (Ley IRPF).
Afloramiento de ganancias patrimoniales no justificadas: carga de la prueba
En el presente caso, lo único que se conoce es que se ingresaron 295.000 euros en la cuenta bancaria del contribuyente mediante un traspaso que él mismo ordenó desde la cuenta de su tía, en la que estaba autorizado. Pero no consta el motivo de tal ingreso, ni puede considerarse acreditado que respondiera a un error, un préstamo, una donación o una herencia. Siendo esto así, la Inspección regularizó los distintos ingresos existentes en las cuentas bancarias de la contribuyente calificándolos como ganancias de patrimonio no justificadas, por tratarse de transferencias de divisas sin justificación y ser su causa desconocida, o tratarse de ingresos en efectivo.
El derecho del perceptor a deducirse la retención que debió haberse practicado está ligado a la declaración de las rentas que no han sido objeto de retención, al tiempo de presentar la correspondiente autoliquidación. Así, el Tribunal Supremo condiciona el derecho a la deducción de las retenciones no practicadas, a la declaración de las rentas sujetas a retención, excluyendo que aquel contribuyente que no ha declarado las rentas en cuestión pueda instar la deducción de las retenciones no practicadas al tiempo que las actuaciones inspectoras regularizan su situación tributaria incluyendo en la base imponible del impuesto tales rentas no declaradas
En el caso analizado, el TEAC resuelve, en recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio, la cuestión relativa al límite determinante de la obligación de declarar en el IRPF cuando se percibe como única renta una pensión procedente de otro país, no estando el pagador de la pensión obligado a retener a cuenta del impuesto.
II. DGT
Un contribuyente es partícipe de un plan de pensiones con aportaciones anteriores al año 2007. En el 2017 se dicta el bloqueo judicial de sus bienes, incluido el plan de pensiones, sin embargo, en el 2018 accede a su jubilación sin poder disponer de su plan de pensiones como consecuencia de dicho bloqueo judicial.
Partiendo de la hipótesis de que la plataforma británica que satisface las rentas a esta persona no opera en España con establecimiento permanente ni realiza actividad económica sin establecimiento permanente, como el pagador de los rendimientos (plataforma residente en el Reino Unido que no opera en España con establecimiento permanente ni realiza actividad económica en territorio español sin establecimiento permanente) no se encuentra entre los obligados a retener a cuenta del Impuesto, no nacerá la obligación de practicar retención a cuenta del IRPF sobre los mismos.
Una contribuyente asalariada por cuenta ajena para una empresa del Reino Unido, quien residía en Reino Unido, se trasladó a vivir a España en 2020. Continúa trabajando para la misma empresa en modo de teletrabajo desde su domicilio en España, viajando esporádicamente por trabajo allí. De su nómina mensual, la empresa le retiene una cantidad para el impuesto sobre la renta del Reino Unido. Asimismo, le retiene una cantidad como seguridad social.
El contribuyente, residente fiscal en España, tiene la opción de trabajar por cuenta ajena para una empresa radicada y residente fiscal en Gibraltar. Para el desempeño de dicho trabajo deberá desplazarse todos los días laborables a territorio gilbraltareño, retornando a territorio español una vez finalizada su jornada laboral.
Una funcionaria ha abonado una factura (IVA incluido) al servicio jurídico de un sindicato, por los honorarios derivados de un contencioso-administrativo interpuesto por una reclamación de cantidad contra la Administración donde presta sus servicios y percibe sus rendimientos.
Un trabajador finaliza su contrato de trabajo un día, para, a continuación, comenzar otro contrato anual con el mismo empleador a partir del día siguiente, cumpliendo el requisito de cambio de domicilio (incluye cambio de localidad y cambio de vivienda), pero no puede, por no existir periodo de desempleo al aceptar esta movilidad geográfica, inscribirse al servicio de empleo como desempleado en búsqueda activa de empleo.
Una empresa cede a sus empleados el uso para la realización de su trabajo, de un teléfono móvil y sus elementos accesorios (cargador, cable, baterías, tarjetas multi-SIM, carcasa, etc.), y otros elementos de similares y análogas características, de propiedad de la empresa. Está prohibido el uso para fines particulares de dichos instrumentos de trabajo.
En este último supuesto, utilización de vehículo propio, las cantidades asignadas por desplazamientos quedarán exoneradas de gravamen en la parte que corresponda al cómputo de 0,19 euros por kilómetro recorrido en los desplazamientos cuya realidad se justifique, cantidad a la que procederá añadir los gastos de peaje y aparcamiento en cuanto se justifiquen.
Respecto a la posible aplicación de la prescripción, procede contestar negativamente, pues al tratarse de rendimientos del trabajo percibidos en un período impositivo distinto al de su exigibilidad, el plazo de presentación de la autoliquidación es el que la Ley del Impuesto establece en las reglas especiales de imputación temporal antes transcritas, por lo que al haberse percibido en 2021 su inclusión en las autoliquidaciones complementarias de 2013 y 2014 que en su caso pudieran corresponder solo resulta posible desde el momento de su percepción.
La contribuyente es copropietaria de una vivienda que ha estado arrendada. Dado que la vivienda fue devuelta con múltiples daños y desperfectos, se han quedado con el importe de la fianza, la cual han utilizado para sufragar los gastos de reparación necesarios para volver a alquilar la vivienda, si bien dicho importe no ha sido suficiente y han tenido que utilizar una parte de sus ahorros para ello.
Un contribuyente obtiene una serie de recompensas por validar operaciones en redes de blockchain, lo que se conoce como staking. Esta actividad consiste en bloquear criptoactivos en un monedero durante un periodo de tiempo, durante el cual se validan y crean bloques de manera alternativa a la minería.
Una ingeniera topográfica que tributa en el régimen de estimación directa ha recibido un encargo profesional para el que tendrá que acudir durante 9 meses a un municipio situado a 150km de su residencia habitual. Dada la distancia y los importantes gastos en los que incurriría diariamente para los desplazamientos y el alojamiento, ha arrendado una vivienda para ahorrar dichos gastos, pretendiendo deducir el coste de dicho arrendamiento de los ingresos de la actividad.
Un abogado en el desarrollo de su actividad puede incurrir en gastos de manutención, por lo que a continuación se exponen tres circunstancias a tener en cuenta desde el punto de vista fiscal.
De acuerdo con el nuevo sistema de cotización al RETA -art. 308 del RDLeg. 8/2015 (NSL020288) (TRLGSS)-, a pesar de que de la regularización efectuada en el ejercicio posterior resulten importes diferentes en función de los rendimientos reales obtenidos, las cuantías satisfechas en concepto de cuotas del RETA en el año anterior, no pueden estimarse como cantidades incorrectamente satisfechas, ya que corresponden a las exigidas legalmente, al establecerse en la Ley que se efectúe un primer pago en función de los rendimientos estimados, procediéndose en el año siguiente a realizar un pago adicional o una devolución en función de los rendimientos reales.
Al corresponder la obligación de cotizar a los socios-trabajadores, el pago de las correspondientes cuotas por la sociedad a la que aquellos prestan sus servicios dará lugar a una mayor retribución del trabajo. Las cuotas del RETA del socio satisfechas por la sociedad tendrá la consideración de retribución del trabajo en especie. Por el contrario, constituirán retribución dineraria en el supuesto de que la sociedad realice pagos en metálico a aquel para que abone las respectivas cuotas.
Teniendo en cuenta la reducción del 30% del art. 32.1 Ley 35/2006 (Ley IRPF) aplicable a los rendimientos de la actividad económica, en este caso concreto, respecto a los rendimientos profesionales correspondientes a la intervención habitual de una abogada en procedimientos judiciales por “cláusula suelo” con una duración media de tres años y medio, habría que analizarse el período de generación superior a dos años.
Un contribuyente adquirió y transmitió una vivienda, cuyo importe de adquisición e importe de transmisión son inferiores al valor de referencia que se establece en el TR Ley ITP y AJD.
Un contribuyente firma un contrato de arras para la adquisición de un inmueble, el cual se encontró en mal estado, por lo que comenzó a realizar gastos para su derribo y desescombro. Al año siguiente, se produce la transmisión de dicho inmueble y una vez derribado el edificio transmite el suelo.
Cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial en la venta de criptomonedas
El contribuyente efectúa operaciones de compra y venta de criptomonedas a fin de obtener una ganancia de sus ahorros. Para ello transferirá euros desde su cuenta bancaria en España a otra cuenta de su titularidad situada en el extranjero denominada en divisa (moneda distinta del euro). Con las divisas obtenidas en el cambio adquirirá criptomonedas a través de una plataforma que, posteriormente, mediante la misma plataforma, transmitirá a cambio de euros que se ingresarán en su cuenta bancaria en España. Con los euros obtenidos se reiteraría varias veces ésta operativa.
Hasta ahora la DGT no se había pronunciado sobre las pérdidas que ocasionó la erupción del volcán ni sobre las ayudas que iban a percibir los afectados. Las resoluciones a las que nos referimos en este cometario analizan e indican el tratamiento fiscal en el IRPF de las posibles ayudas que se vayan a percibir los afectados, atendiendo a la Disposición Adicional 5ª de la Ley IRPF.
El tema principal expuesto es la aplicación de la exención en caso de promoción de la vivienda, pero lo específico que la diferencia de las demás, es un contrato de reserva de la vivienda en construcción. Un contribuyente vende su vivienda habitual y en el plazo de un mes desde dicha venta suscribe un contrato para la reserva de una vivienda en construcción en la que reinvertirá el importe obtenido en la venta. La vivienda será entrega previsiblemente en 2025.
Posibilidad de aplicar la exención por reinversión a un local que se destina a vivienda
Para que la ganancia patrimonial obtenida en la transmisión de la vivienda habitual resulte exenta es necesario reinvertir el importe total obtenido en la adquisición o rehabilitación de una nueva vivienda habitual.
El contribuyente indica que después de proceder la sentencia de divorcio y la consecuente disolución de condominio, se estipula que pase a su nombre una residencia situada en Francia. Dicha disolución y la posterior adjudicación no constituye ninguna alteración en la composición de su respectivo patrimonio que pudiera dar lugar a una ganancia o pérdida patrimonial, siempre y cuando la adjudicación se corresponda con la respectiva cuota de titularidad.
Una madre tiene la guarda y custodia de sus hijas menores por sentencia judicial de divorcio, pero por motivo de los estudios de ellas, temporalmente se empadronaron con el padre. En este caso, con independencia del lugar donde estén empadronadas las hijas, el progenitor, en este caso la madre, que tiene la guarda y custodia de sus hijas, podrá aplicarse el mínimo por descendientes en su declaración de IRPF, por ser la persona con la que los descendientes conviven, y no podrán aplicar las especialidades aplicables en los supuestos de anualidades por alimentos a favor de los hijos recogidas en los arts. 64 y 75 Ley IRPF.
La Dirección General de Tributos, en la consulta V1544/2022 de 27 de junio de 2022 analiza con detalle los requisitos de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética, regulada en la disp. adic 50 Ley IRPF, que fue introducida mediante el art. 1.Dos de RDLey 19/2021, de 5 de octubre y que podrá aplicarse en los ejercicios 2021, 2022 y 2023 en el caso de que se cumplan dichos requisitos. A pesar de regularse como una única deducción, la disposición en cuestión recoge realmente tres deducciones diferentes, todas ellas incompatibles entre sí.
En el caso analizado por la DGT, el contribuyente ha realizado obras para la instalación de una placa fotovoltaica en su vivienda. Las obras finalizaron en agosto de 2021 y la legalización y puesta en marcha se realizó en diciembre de 2021. Pero dado que las obras se han realizado con anterioridad al plazo señalado (6 de octubre de 2021), no resultará de aplicación la deducción, con independencia de que la legalización de las mimas sí se hayan producido dentro del plazo (diciembre de 2021).
Un contribuyente ha estado acogido durante 5 años al régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español del art. 93 de la Ley 35/2006 (Ley IRPF). El ejercicio 2019 fue el último que declaró bajo este régimen especial, pasando a declarar en 2020 bajo el régimen general.
Los contribuyentes que desarrollen actividades profesionales no estarán obligados a presentar pagos fraccionados trimestrales si en el año inmediato anterior ha soportado retenciones o ingresos a cuenta en al menos el 70% de los ingresos de la actividad. Sin embargo, esta regla no es de aplicación al año de inicio de actividad porque no existe año inmediato anterior.