Canarias prorroga para el año 2022 la aplicación de la Orden de módulos y elimina la impresión y distribución en papel de determinados modelos tributarios
Desde el día 1 de enero de 2022, determinados modelos tributarios dejarán de ser objeto de impresión y distribución en papel por parte de la Agencia Tributaria Canaria, debiendo ser cumplimentados por los interesados a través de los programas de ayuda disponibles en la sede electrónica de la misma
Con fecha 17 de diciembre de 2021, se ha publicado en el BOCA la ORDEN de 1 de diciembre de 2021, por la que se prorroga para el año 2022 la aplicación de la Orden de 23 de diciembre de 2019, que fija los índices, módulos y demás parámetros del régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario para el año 2020, se establecen reducciones y ajustes para la determinación del importe en el año 2021 de las cuotas devengadas por operaciones corrientes, se modifican las cuotas fijas de la Tasa Fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar correspondiente a máquinas o aparatos automáticos, devengada el día 1 de octubre de 2021, y se efectúan otras modificaciones de naturaleza tributaria.
Además de establecerse la prórroga de la Orden de 23 de diciembre de 2019, se establecen reducciones del 10 % del importe de las cuotas devengadas por operaciones corrientes correspondientes al año 2021 en la isla de La Palma.
No obstante, dicha reducción será del 30 % para los sujetos pasivos con domicilio fiscal o establecimiento permanente principal en los términos municipales de Los Llanos de Aridane, El Paso, Tazacorte y Fuencaliente.
Por otro lado, desde el día 1 de enero de 2022, dejarán de ser objeto de impresión y distribución en papel por parte de la Agencia Tributaria Canaria, debiendo ser cumplimentados por los interesados a través de los programas de ayuda disponibles en la sede electrónica de la misma, los modelos 600 y 620 de ITP y AJD y los modelos 650, 651, 652, 653 y 660 de ISD.
Salvo en los supuestos en que la presentación telemática sea obligatoria, los modelos cumplimentados a través de los citados programas de ayuda pueden ser objeto de presentación telemática como para la impresión y presentación presencial en soporte papel.
No obstante, hasta el día 31 de marzo de 2022 podrán ser distribuidas y utilizadas las actuales existencias de los modelos en soporte papel.
La presente Orden entrará en vigor el 18 de diciembre de 2021.