Los datos del SIGPAC son suficientes para motivar la valoración de una finca rústica
Los elementos con que ha contado el perito para establecer el valor real de inmueble suplen claramente los que podría obtener a través de su inspección in situ personal y directa. Esos elementos son los que ofrece el sistema SIGPAC (Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas) para determinar la concreta ubicación de la finca, la clase de cultivo, la pendiente y demás características observables mediante las detalladas fotos aéreas que integran el informe. A diferencia de la tasación de viviendas urbanas, donde normalmente es preciso conocer el estado de conservación, cuando se trata de una finca rústica es posible percatarse de sus características esenciales a través de las ortofotos que suministra el citado sistema, como puede comprobarse fácilmente en este caso. La única dificultad que podía presentarse en el supuesto analizado es el relativo al valor de las construcciones que tiene el inmueble, pero este ha sido deliberadamente excluido por el perito para valorar la finca.
(Tribunal Superior de Justicia de Madrid, 22 de abril de 2019, recurso n.º 400/2018)