Deducción por obras de mejora en la vivienda: ampliación de los incentivos

Como se recordará el Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de Medidas para el Impulso de la Recuperación Económica y el Empleo creó en el IRPF una nueva deducción, concretamente, la deducción por obras de mejora en la vivienda habitual. En líneas generales la mencionada deducción estaba regulada en los siguientes términos:

  • La deducción era por obras de mejora en la vivienda habitual o en el edificio en la que ésta se encuentre.
  • Para contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 53.007,20 euros.
  • Podían deducirse el 10 por 100 de las cantidades satisfechas desde el 14 de abril de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2012 por obras realizadas en la vivienda habitual o en el edificio en la que ésta se encuentre, con un máximo de 12.000 euros por vivienda habitual.
  • Las obras tenían que tener por objeto, entre otros: la mejora de la eficiencia energética, la utilización de energías renovables, la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o favorezcan la accesibilidad al edificio o las viviendas, así como las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la vivienda.
  • No dan derecho a esta deducción las obras realizadas en plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.

A partir del 7 de mayo de 2011 los incentivos fiscales de esta deducción se han visto ampliados a través del Real Decreto-Ley 5/2011, de 29 de abril, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas. A partir de la citada fecha la regulación de la deducción es la siguiente.

  • La deducción es por obras de mejora en cualquier vivienda propiedad del contribuyente o en el edificio en la que ésta se encuentre.
  • Para contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 71.007,20 euros anuales
  • Podrán deducirse el 20 por ciento de las cantidades satisfechas desde el 7 de mayo de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012 por obras realizadas en cualquier vivienda de su propiedad o en el edificio en la que ésta se encuentre, con un máximo de 20.000 euros por vivienda.
  • Las obras tienen que tener por objeto, entre otros: la mejora de la eficiencia energética, la utilización de energías renovables, la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o favorezcan la accesibilidad al edificio o las viviendas, así como las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la vivienda.
  • No dan derecho a esta deducción las obras realizadas en viviendas afectas a una actividad económica, en plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.

Es importante también comentar que si se han realizado obras de mejora en la vivienda habitual y se han satisfecho con anterioridad al 7 de mayo de 2011, aplicarán la deducción tal y como se reguló al crearse la deducción, es decir, con lo establecido por el Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril.

 

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