Exención en el IEDMT al matricular un vehículo a nombre de un menor discapacitado
Un particular desea adquirir y matricular un vehículo a nombre de un menor con discapacidad. Para poder acogerse al beneficio de la exención será necesario presentar, con anterioridad a la matriculación del vehículo a nombre del discapacitado, un escrito sujeto al modelo que determine el Ministro de Economía y Hacienda, al cual se acompañará copia de la ficha técnica del vehículo y certificado de la discapacidad expedido por el Instituto Nacional de Servicios Sociales o por las entidades gestoras competentes, siendo válido a estos efectos el documento expedido por la Diputación General de Aragón en el que se certifica la condición de discapacitado del solicitante. En el caso de que el vehículo matriculado a nombre de la persona con discapacidad, no siendo relevante la edad del discapacitado, bajo el supuesto de exención, se destinara, aunque fuera de una forma ocasional, a un uso diferente del uso exclusivo de la persona con discapacidad, se incumpliría la condición fundamental establecida en el citado artículo para poder obtener la exención y por tanto se produciría una modificación de las circunstancias del supuesto de exención lo que daría lugar a la autoliquidación y pago del impuesto.