Los fondos de pensiones no ejercen actividades empresariales y, por ende, no se les puede incluir en el Registro de grandes empresas
Los fondos de pensiones no ejercen una actividad empresarial por cuenta propia, con ordenación de los medios de producción, ni intervienen en la producción o distribución de bienes o servicios, sino que son un patrimonio separado e independiente de las entidades que los promueven y gestionan y, por ende, no cabe incluirlos en el Registro de grandes empresas. Se trata de recursos afectos a una función de previsión social, cuya propiedad es de los partícipes, aunque sean gestionados por una entidad gestora contratada al efecto, por lo que no participan de la naturaleza de actividad económica. En el caso enjuiciado, la Administración Tributaria sancionó a un Fondo de Pensiones por dejar de ingresar la deuda tributaria que debiera resultar de las autoliquidaciones de las retenciones con la periodicidad mensual a las que estaba obligado debido a su cambio censal de oficio por la condición de gran empresa. La Sala anula la sanción impuesta debido a que los fondos de pensiones no ejercen actividades empresariales y, por ende no se les puede incluir en el Registro de grandes empresas.
(Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, 9 de noviembre de 2021, recurso. n.º 2083/2020)