Análisis práctico de la nueva deducción por inversión de beneficios en el IS e IRPF

El objeto del presente trabajo es analizar a través de un caso práctico los pormenores y detalles de la nueva deducción por inversión de beneficios obtenidos por las empresas, de aplicación tanto en el Impuesto sobre Sociedades como en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e introducida por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Palabras clave: Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y deducción por inversión de beneficios.

Antonio Martínez Alfonso
Administrador de la AEAT

Sumario

I.  Incentivos fiscales por inversión de beneficios (resultados del ejercicio). IS. Artículo 37 del TRLIS. Con efectos para los beneficios que se generen en periodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2013

A.   Sociedades que pueden aplicar este incentivo e importe del mismo
B.   Condiciones y requisitos para aplicar el mismo

II.  Incentivos fiscales por inversión de beneficios (resultados del ejercicio). IRPF. Artículo 68.2 de la Ley del IRPF. Deducciones en actividades económicas. Especialidades para la aplicación de este incentivo en el IRPF. Aplicable respecto de los rendimientos netos de actividades económicas obtenidos a partir de 1 de enero de 2013

Caso práctico

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 368 (noviembre 2013)