El derecho a la deducción en un Reino en el que conviven siete impuestos sobre el valor añadido
En España no se aplica un único impuesto sobre el volumen de ventas, en la modalidad del impuesto sobre el valor añadido. En los territorios de Canarias, Ceuta y Melilla se aplican tributos que poseen otra regulación y las operaciones desde el resto de España hacia allí o viceversa exigen algo similar a lo que podríamos llamar ajustes en frontera. Pero es que en el territorio de aplicación del IVA, la Agencia Tributaria del Estado exige el IVA, pero también las Administraciones de los cuatro territorios forales. En este contexto se producen numerosos problemas en relación con el derecho a la deducción del IVA. El presente artículo trata sobre las soluciones que se pueden ofrecer.
Palabras clave: impuesto sobre el valor añadido; derecho a la deducción; Concierto Económico con el País Vasco; Convenio Económico con Navarra.
Ismael Jiménez Compaired
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Zaragoza
Sumario
1. Los siete IVA de nuestro Reino
2. Conceptos básicos sobre la deducción del IVA soportado en el TAI y, en su caso, el derecho a la devolución
3. Aproximación a la distribución del IVA entre el Estado y los territorios forales y al sistema de tributación que corresponda
3.1. Distribución del IVA: la función del domicilio fiscal
3.2. En particular, la tributación conjunta a ambas Administraciones
3.3. La distribución del IVA de los no residentes
4. Tratamiento del IVA soportado en función del criterio de tributación
5. Situaciones particulares: el tratamiento en el IVA de las empresas que comienzan su actividad
6. La explicación económica de la exacción del IVA y en particular del derecho a la deducción en el contexto del Concierto y del Convenio
7. Desviaciones conflictivas en la relación Estado-territorios forales relativas a la deducción del IVA soportado o satisfecho
7.1. Situaciones generadas por la voluntad del sujeto pasivo y que se producen dentro del ejercicio
7.2. Situaciones generadas por la voluntad del sujeto pasivo y que se producen entre dos ejercicios consecutivos
7.3. Situaciones que no han sido generadas propiamente por la voluntad del sujeto pasivo
8. ¿Hay una estrategia común para resolver todas las desviaciones anormales? La evitación del empobrecimiento injusto de una de las Administraciones, como criterio
Referencias bibliográficas
Bibliografía
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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 457 (abril 2021)