Períodos impositivos a los que debe imputarse las derramas de unas obras de reparación realizadas en varios inmuebles
Enviado por Editorial el Lun, 29/04/2019 - 10:42
El caso analizado por la DGT consiste en el pago de unas obras de reparación de la fachada de varios inmuebles que se va a efectuar en tres periodos impositivos, mediante derramas mensuales a la comunidad de propietarios.
Para saber el período impositivo al que procede imputar los pagos, se hace preciso acudir a la regla general de imputación temporal del art. 14.1 Ley 35/2006 (Ley IRPF), por lo que en caso de que se correspondan con obras de reparación y conservación, la imputación de los pagos efectuados corresponderá realizarla a los períodos impositivos en que el gasto sea exigible por quien haya de percibirlo.